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embargar prestacion

9 Comentarios
 
Embargar prestacion
10/04/2007 13:12
¿Adonde se debe de librar oficio para proceder a efectuar un embargo a una persona que percibe una prestación?
(desconozco el tipo de prestación y he de solicitarlo al juzgado en breve)
10/04/2007 13:31
A la Seguridad Social, creo.
10/04/2007 13:40
¿Sea cual sea el tipo de prestación que se percibe, Anafer?
;)
10/04/2007 13:44
mmm........quizá si pides se libre oficio a los bancos en que tiene cuenta abierta, en los extractos conste el concepto de los ingresos y su procedencia. No sé...

a ver si alguien más te ayuda. ¡Besillos!
10/04/2007 17:13
Gracias Anafer.
Lo de los bancos ya lo había pensado.
Vive en un pueblo y no debe de haber mucha entidad bancaria, pero siempre se me puede olvidar un banco y meter la pata... por eso lo de asegurarme con otra posibilidad ...

A ver si algún compañero arroja un poco más de luz...;)
10/04/2007 17:17
A mi se me ocurre ademas de la Seguridad Social, que oficies al INEM y que oficies al organismo competente de gestionar el departamento de bienestar y familia (al menos es el que tenemos en Cataluña) que da algunas pagas no contibutivas. El problema es que como sabras, que si lo que cobra es no contributivo no puedes solicitar embargo.
perfil Jan
10/04/2007 17:21
Hola cefiro. Por mi experiencia(que no es mucha) si la prestación depende de la SS a ella se debe librar oficio. Si es otro tipo de prestación al INEM.

Salvo mejor criterio. Un saludo.
10/04/2007 17:33
Gracias Maypi.
No se si se trata de una pension contributiva o no, pero es curioso que conozco 2 casos de pensiones no contributivas y han sido objeto de embargo (siempre, claro, que sobrepasen el SMI).
11/04/2007 00:35
Sea cual sea el tipo de prestación, la entidad que la abone debe declararlo a Hacienda; por tanto, en la información patrimonial que facilita Hacienda al ser requerida por el Juzgado, constará el pagador de dicha prestación, que es a quien deberás dirigir el oficio.
11/04/2007 11:52
Muchísimas gracias Jar.
Entiendo que lo mejor es que me deje de listas de bancos, INSS y de INEM y simplemente solicite que se libre oficio a la Oficina de Averiguación Patrimonial, ¿no?