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embargan mi pension completa

31 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 31 comentarios
Embargan mi pension completa
27/08/2008 14:26
hola a todos:
hace unos años empece a trabajar despues de una exdecencia,y al llegar el primer pago de mi nomina al banco,no pude cobrarla porque me habian embargado la cuenta por donde cobraba mi nomina,ya que tengo una deuda con un banco que no puedo atender.consulte con un abogado y me dijo que no era legal y que podia reclamarlo.tardaron un mes en desbloquearme mi nomina y ese mes mal vivi.el caso es que podian volver a hacerlo y yo volver a reclamar,asi que desde entonces tengo domiciliada mi nomina en la cuenta de mi hijo,pero esto tampoco es legal y le puede causar problemas en el futuro.
escribo aqui para ver si me podeis dar alguna solucion legal para cobrar mi pension(hoy dia estoy jubilado por incapacidad)sin que me la retengan completamente como aquella vez.
acabo de empezar a cobrar mi pension y seguramente me llegara la retencion judicial legal,que veo logica ya que es por ley.lo que no veo logico es que me retengan la pension completa y no me dejen vivir.
una ayuda por favor
27/08/2008 17:33
Hola gades,

No le pueden embargar toda la pensión, la cantidad correspondiente al SMI -600 €- es inembargable y a partir de ahí se embarga un porcentaje por tramos.

Salvo mejor opinión.

Reciba un saludo,
27/08/2008 18:44
gracias katia por responder:
no me embargan la pension completa,lo que hacen es retenerme el saldo que hay en la cuenta,y claro al ingresar mi pension,este importe pasa a ser saldo y me lo retienen hasta que yo demuestre que es mi nomina.
no se que hacer
27/08/2008 18:59
Hola,

Debo hacer una pequeña precisión, y es que el SMI es inembargable con una sóla excepción, por falta de pago de pensión de alimentos a hijos menores se puede embargar el SMI (aunque, afortunamente, no es el caso de gades007), pero no esta demás hacerla.

Xabier
31/08/2008 14:27
Gades, aqui tienes las modalidades de pago aceptadas por la Seguiridad social...mira la posibilidad de abrir una cuenta corriente restringida destinada únicamente a la pensión

http://www.seg-social.es/Internet_1/Pensionistas/GestionPago/Modalidadespago/index.htm

02/09/2008 21:11
gracias esto no lo sabia.asi ya no podran tocarme.porque de la otra manera no podian legalmente(osea una cuenta ordinaria) pero lo hacian.lo que quiero decir es si esta cuenta es totalmente intocable para ellos
02/09/2008 21:54

gades007, otra posibilidad que tienes es solicitar el cobro de tu pensión por ventanilla, sin domiciliación bancaria. La SS te dirá en que entidad debes personarte con tu DNI para cobrarla.-

SALUDOS.-
22/09/2009 16:52
me podrias decir en que entidad has podido conseguir una cuenta restringida o pago por ventanilla. yo no encuentro ninguna. gracias.
08/11/2010 14:47
Koldo deja de leer ya que si el salario minimo es inerbargable y otras milongas.La pensión es pensión pero cuando pasa a una cuenta pasa a ser saldo. Te diré lo que tienes que hacer .Pide un impreso en el inss de pago por vgentanilla y ve A CAJA SUR que es la única entidad que yo he encontrado que te lo hace por ventanilla . Las demás incluyendo bancos los he preguntado en todos y en ninguno . Vete a CAJA SUR
08/11/2010 20:26
gracias jose antonio.
desde hace 1 año,es lo que vengo haciendo(por ventanilla).pero es una incomodidad tener que ir a primeros de mes a cobrar.con las colas que se montan.
al no poder domiciarla,por el motivo que expuse,pues tampoco puedo sacar por el cajero,ni pedir anticipo,ni beneficiarme de nada de las ventajas de domiciliacion bancaria,como regalos,comisiones de tarjeta y todo lo demas.
aun sigo a la espera de que alguien me dijese que hacer legalmente para poder domiciliar la pension sin riesgo de que me congelen el saldo.
entre tanto un saludo a todos y gracias por vuestros comentarios.
08/11/2010 21:05
gades te agradecería me dijeras en que entidad te han permitido el cobro por ventanilla.Gracias
08/11/2010 21:09
vivo en san fernando-cadiz.
y cobro por ventanilla en unicaja.
alli mandan lo que ellos dicen,cheque bancario,el cual debes cobrar tu en persona.
vas con tu dni,y sacan una lista para ver si les ha llegado tu cobro,y listo.
nose si en otras entidades lo hacen.pero en el inss te lo diran.
saludos tocayo.
08/04/2013 16:03
hola buenas tardes, desearia tener informacion sobre un asunto muy delicado.
resulta que mi padre es jubilado y tiene 76 años y su pension es de 1600 euros,resulta que le han embargado 400 euros sin contar que el tiene otras deudas que paga todos los meses una cantidad de 1350 euoros al mes.
lo que le quedaba de su pensiion para vivir era 500 euros con eso paga su casa,luz comida.. y ahora con este embargo no le llega ni para pagar la casa.hemos pedido una revision en el juzgado y aun la jueza no dicta nada si le van a bajar la cantidad de embargo o no? ahi algo que se pueda hacer por si el juez declara que no le baja la cuantía.muchas gracias espero respuesta .
08/04/2013 16:20
yo de ti abriria un nuevo hilo con la pregunta.
por aqui,poca gente va a ver tu consulta,al estar creada en un hilo con una pregunta diferente.

por otro lado te dire que,el SM te lo tienen que respetar,si o si.
puede cobrar 1600€ y que algun banco le haga la correspondiente retencion judicial.
y si de lo que le sobra,aun supera el SM,puede llegar otro banco y embargar tambien.pero nunca podran dejarte con menos del SM.
....y si lo han hecho,reclama,porque es ilegal.
todo esto,salvo mejor opinion.que no creo que la haya,porque te hablo con conocimiento de causa.ya que tengo el mismo problema.
plantea la pregunta en el foro,y no aqui....hazme caso.
saludos y suerte.
08/04/2013 20:04
gades007 como hago la pregunta en el foro?
es que soy nueva en esta pagina.gracias
08/04/2013 20:11
gracias gades,ya creo que he colgado esta pregunta en el foro, pero claro el tiene mas deudas demostrables y que paga bien todas sus mensualidades,pero claro con este embargo ahora no le queda ni para vivir?eso es lo que tu dices que no es legal? a q ley o articulo se puede acojer? gracias de verdad
08/04/2013 23:37
correcto....eso no es legal.
aqui lo puedes ver.
http://todolaboral.lexnova.es/2012/02/01/que-cantidad-del-salario-es-embargable-cuando-en-un-mes-se-cobra-tambien-paga-extraordinaria/
muevete y suerte.
15/04/2013 19:15
Hola a ver si me aclaro un poco.
Si una persona cobra una de pension de 180€ por huerfandad,a esta no se le puede embargar la libreta del banco ya que el unico ingreso que recibe es el de la pension de 180€ por que este no alcanza el SMI?.
Y si esto sucede tendria que ir a donde? a la empresa que embarga esto?,que en este caso seria la Diputacion de Valencia o tendria que ir a la Seguridad Social para explicar lo que me pasa?
15/04/2013 22:08
ya hace mucho de esto,y no lo recuerdo bien,pero creo que mis pasos fueron estos,para que me liberasen la retencion en el banco.
logicamente 1º fui al banco a enterarme de quien habia hecho el "burro" con mi paga.
alli me dijeron quien era el "burro" y me aconsejaron que me pusiese en contacto con ellos y con la SS.
de como consegui que liberasen la paga no lo recuerdo.....no se si fui 1º al "burro" y despues a la SS,o al contrario.
es seguro es que te la tienen que liberar,porque es ilegal.
lo que pasa es que las entidades acreedoras,se pasan por el forro que sea ilegal....vamos,que te liberan la paga de ese mes,pero al mes siguiente lo vuelven a hacer,aunque vuelva a ser ilegal,y aunque vuelvan a liberar la paga.
¿que ganan con esto?.....joderte un mes tras otro para que te aburras y,si puedes,les pagues lo que les debes.
no se si me he explicado.
un saludo.
16/04/2013 11:03
Estais confundiendo, en parte, churras con merinas.

ridemo dice: "Si una persona cobra una de pension de 180€ por huerfandad,a esta no se le puede embargar la libreta del banco ya que el unico ingreso que recibe es el de la pension de 180€ por que este no alcanza el SMI?."
Una cosa es el embargo de salarios y pensiones, y otra el embargo de las cuentas bancarias. Los límites establecidos en el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se aplica para el embargo de la "nómina", pero no de las cuentas bancarias.

Gades007 dice" lo que pasa es que las entidades acreedoras,se pasan por el forro que sea ilegal....vamos,que te liberan la paga de ese mes,pero al mes siguiente lo vuelven a hacer,aunque vuelva a ser ilegal,y aunque vuelvan a liberar la paga". No se si esta circunstancia es cierta o no, pero de ser así, quien está incumpliendo la normativa no es la entidad acreedora, sino el pagador, que es quién debe hacer las retenciones en la nómina/pensión.

Por otra parte, ridemo dice que su padre tiene otras deudas, pero sería importante determinar qué clase de deudas son y si estas están incursas en algún procedimiento de reclamación de acredores. Los cálculos para la inembargabilidad del SMI se realizan con el neto a percibir. Es decir, si su padre percibe, como dice, 1600 euros, de ahí será donde ser harán los cálculos para el embargo, con "independencia" de que se estén abonando otras deudas.

Situación distinta sería que esos 1350 euros de deuda que está abonando fuese por otro embargo anterior.

Salvo mejor opción.