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Embarazo en situación irregular y permiso para trabajar

7 Comentarios
 
Embarazo en situación irregular y permiso para trabajar
11/07/2019 10:42
Mi pareja y yo somos colombianos. Mi novia está en embarazo, los 90 días se nos vencen el 21 de agosto de 2019 tiene fecha de parto el 29 de octubre . Ya ustedes me explicaron que por mi país no otorgar nacionalidad automática a mi hija se haría el trámite en españa y sería Española de origen , hasta hay todo muy claro. Mi pregunta es..... cuando ella nazca nos dan permiso para poder trabajar cuando ella ya tenga la documentación que la acredite por así decirlo como Española. Otra pregunta TENGO que estar CASADO con mi novia para que nos cobije el beneficio de tener una hija española Y NOS den documentos a mi novia y a mi ???? Por arraigo familiar?
23/07/2019 16:26
Leomontoya
Hola:

1.- Cuando la criatura nazca, lo primero que se debe hacer es solicitar la inscripción del nacimiento en el Registro Civil del municipio español donde tenga lugar.

2.- Luego, deben solicitar que el consulado de su país acreditado en España certifique que de acuerdo con su legislación no se atribuye la nacionalidad de manera automática e incondicional desde el nacimiento a los hijos de sus nacionales nacidos fuera de su territorio, sino que para que tal atribución se produzca se requiere un acto posterior - inscripción en el Registro Civil consular-. Ese certificado consular debe ser legalizado en el Ministerio de Asuntos Exteriores de España en Madrid para poder hacerse valer ante autoridades españolas.

3.- Con el certificado anterior más el certificado literal de nacimiento español de la criatura, certificado de empadronamiento y pasaportes de los progenitores, se debe incoar un expediente registral ante el encargado del Registro Civil del municipio donde estén domiciliados con el objeto de que se declare que la criatura es española de origen con valor de simple presunción por operación del art. 17.1.c) del Código Civil español. Esto no es rápido, tarda algunos meses.

4.- Cuando se resuelva el expediente declarando que la criatura es española de origen con valor de simple presunción y se inscriba al margen del acta de nacimiento del menor, los progenitores deben solicitar la expedición del DNI y pasaporte para el menor.

5.- Cuando ya el menor tenga DNI español, entonces los progenitores podrán solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar por ser progenitores de un menor de nacionalidad española con el que conviven y que está a su cargo. Esta autorización tiene vigencia de un año y autoriza a residir y trabajar en España. No es necesario estar casados entre sí, porque lo que determina que se le pueda conceder la autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar es el ser progenitores extranjeros extracomunitarios de un menor de nacionalidad española.

Un cordial saludo.
26/07/2019 09:16
Condedecartagena
Hola, mi esposa, mi hija de 3 años y yo somos salvadoreños tenemos 1 año de vivir en madrid en una situación irregular y mi esposa está embarazada, me gustaría saber que hacer, puedo ir a un hospital público para el parto? Esto tiene j costo? Mi hijo que nazca será de nacionalidad española o salvadoreña? Si es español podemos mediante el lograr un permiso de redencia para mi esposa mi hija de 3 años y yo? De antemano muchas gracias
26/07/2019 09:28
Gabriel828
Buenas tardes , tengo entendido que Las personas de nacionalidad Para solicitar la nacionalidad española es necesario que la Ley de nacionalidad salvadoreña no reconozca a los niños de padres salvadoreños nacidos en el extranjero como nacionales de El Salvador y luego se podría solicitar la nacionalidad española por presunción dado que ha nacido en España. Si la Ley de nacionalidad salvadoreña no lo contempla tendríais que preguntar a vuestro Consulado pero investigando hay una mala noticia Son salvadoreños por nacimiento:
Los nacidos en el territorio de El Salvador;
Los hijos de padre o madre salvadoreños, nacidos en el extranjero;
Los originarios de los demás Estados que constituyeron la República Federal de Centro América, que teniendo domicilio en El Salvador, manifiesten ante las autoridades competentes su voluntad de ser salvadoreños, sin que se requiera la renuncia a su nacionalidad de origen. Osea seria salvadoreña no Española
26/07/2019 09:42
Leomontoya
Gracias por tu pronta respuestas, me surge otra duda, habrá un país dentro de ma Union Europea que si lo reconozca por nacer en dicho país? Si nace en españa nunca será español?
26/07/2019 10:23
Leomontoya
La Asamblea Nacional Francesa aprobó ayer una polémica ley que concede automáticamente la nacionalidad a los hijos nacidos en Francia de padres extranjeros.
que abre las puertas de Francia a multitud de hijos de inmigrantes nacidos y crecidos en ese país.Todo hijo de extranjeros recibirá al nacer en Francia un documento de identidad. A los 13 años, si así lo solicita, o a los 18 automáticamente, recibirá la nacionalidad francesa siempre que haya vivido en el país un mínimo de cinco años, sean éstos continuados o en diversas etapas. Tendrán derecho a renunciar a ella desde los seis meses anteriores a su mayoría de edad o en los 12 meses siguientes. Los comunistas querían que se les concediera la nacionalidad inmediatamente desde su nacimiento. Pero revisando que salvador da automáticamente la nacionalidad a sus nacionales no tendría información si allí en francia le otorgarían la nacionalidad.. es por la ley salvadoreña que da nacionalidad a niños nacidos en el extranjero si este país no diera ciudadanía automática lo podría registrar en cualquier país de la unión europea
26/07/2019 17:31
Gabriel828
Hola :

1.- En cuanto a la atención sanitaria, si están empadronados en el Ayuntamiento, tienen derecho a la asistencia sanitaria pública. Se debe solicitar la tarjeta sanitaria individual. Desde hace un año se modificó la normativa para facilitar el acceso universal a la atención sanitaria. Con todo, hay que dejar en claro que lo que ha cambiado fundamentalmente es que las personas extranjeras extracomunitarias en situación irregular vuelven a tener el derecho a la asistencia sanitaria pública por el hecho de estar inscritos en el Padrón Municipal de Habitantes de cualquier Ayuntamiento de España, que fue lo que había sido eliminado desde abril de 2012 y que fue restablecido en julio de 2018. La asistencia sanitaria pública es gratuita, pero como ha quedado indicado, hay que solicitar la tarjeta sanitaria individual.

http://www.comunidad.madrid/servicios/salud/tarjeta-sanitaria

2.- Con relación a la atribución de la nacionalidad española de origen, hay que tener en cuenta que en España, como también sucede en otros países europeos, el criterio principal para la atribución de la nacionalidad española de origen es el IUS SANGUINIS, de modo que será española de origen cualquier persona que nazca de padre o madre españoles, aunque el nacimiento se produzca fuera de España.

En cambio el criterio IUS SOLI, que es el criterio principal que rige para la atribución de la nacionalidad en casi todos los países americanos ( y motivo por la que las personas procedentes de países americanos, que han vivido en países donde rige ese criterio, tienen razonablemente muy interiorizado y como algo indiscutible que quien nace en el territorio del país tiene automáticamente atribuida la nacionalidad de dicho país), en España tiene más bien un carácter subsidiario y rige únicamente en tres supuestos bien definidos por el legislador cuando se trata de criaturas nacidas en España de progenitores extranjeros :

- Si ambos progenitores son extranjeros y AL MENOS UNO hubiera nacido también en España. Se exceptúa el caso de los hijos de diplomáticos acreditados en España.

- Cuando ambos progenitores carecen de nacionalidad (apátridas) o cuando la legislación nacional de ninguno de ellos atribuya al hijo una nacionalidad de manera automática e incondicional desde el nacimiento. En este supuesto se debe probar que la legislación del país de nacionalidad de ambos progenitores no atribuye su nacionalidad desde el nacimiento de manera automática e incondicional ( esto ordinariamente se prueba mediante certificación expedida por el consulado acreditado en España del país del que se trate).

- Cuando se trate de criaturas nacidas en España y su filiación sea desconocida.

Los tres supuestos anteriores buscan, fundamentalmente, evitar la perpetuación en España de estirpes extranjeras ( primer supuesto) y evitar situaciones de apatridia originaria, en cumplimiento con lo previsto en la Convención de los Derechos del Niño, que establece que todo niño tiene derecho a una nacionalidad desde el mismo momento de su nacimiento.

Usted dice que ambos progenitores son de El Salvador. Al respecto, la Consttución de la República de El Salvador establece :

" Art. 90.- Son salvadoreños por nacimiento:

1º.- Los nacidos en el territorio de El Salvador;

2º.- Los hijos de padre o madre salvadoreños, nacidos en el extranjero;

3º.- Los originarios de los demás Estados que constituyeron la República Federal de Centro América, que teniendo domicilio en El Salvador, manifiesten ante las autoridades competentes su voluntad de ser salvadoreños, sin que se requiera la renuncia a su nacionalidad de origen. "

De acuerdo con el texto constitucional salvadoreño transcrito, se puede entender que la República de El Salvador sí atribuye su nacionalidad de manera automática e incondicional desde el mismo momento del nacimiento a los hijos de sus nacionales nacidos fuera de su territorio. En tal caso, no será procedente la operación de la regla del art. 17.1.c), del Código Civil español, por cuanto la legislación nacional del país de los progenitores sí les atribuye su nacionalidad desde el nacimiento de manera automática e incondicional.
26/07/2019 17:32
Leomontoya
3.- No obstante, quien nace en España sin que, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes, le corresponda la nacionalidad española de origen al momento del nacimiento, puede solicitar la nacionalidad española por residencia luego de haber residido en España de manera legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición durante UN AÑO.

4.- Con todo, conviene dejar en claro que no se debe confundir la obligatoria inscripción del nacimiento de la criatura en el Registro Civil español del municipio donde hubiera tenido lugar (todo nacimiento ocurrido en España debe inscribirse siempre en el Registro Civil) con la atribución de la nacionalidad española de origen. Si ambos progenitores son extranjeros y la criatura se halla en alguno de los supuestos previstos en el art. 17.1. del Código Civil español, deben incoar un expediente registral, en el cual se declarará, con valor de simple presunción, que la criatura es española de origen por operación, en su caso concreto, de la regla de atribución de nacionalidad española de origen por ius soli prevista en el art. 17.1. del Código Civil español.

5.- Los progenitores extranjeros de menores de edad de nacionalidad española, si se encontrasen en España en situación irregular, tienen derecho a solicitar una autorización de residencia por circunstancias excepcionales de arraigo familiar.

6.- La mayoría de los países europeos, tanto miembros como no miembros de la Unión Europea, tienen en sus ordenamientos jurídicos reglas de atribución de nacionalidad similares a las españolas, aunque hay variaciones dependiendo del país, algunos países empiezan a tener en cuenta el tiempo de residencia legal que tengan los progenitores extranjeros en el respectivo país - un tiempo prolongado por lo general - para atribuir la nacionalidad por ius soli. Solo Irlanda atribuye su nacionalidad por ius soli a los nacidos en la isla de Irlanda ( tanto en territorio de la República de Irlanda como en el territorio de Irlanda del Norte, que forma parte del Reino Unido), aunque exige, si ambos progenitores son extranjeros extracomunitarios, que su permanencia en la isla de Irlanda - sea en territorio bajo soberanía del Reino Unido o en territorio bajo soberanía de la República de Irlanda-, que se hallen legalmente en dicho territorio, bien sea como residentes o si son turistas, que se hallen dentro del período de estancia autorizada. Antes no se lo exigía de esa manera, pero a raiz de la sentencia Zhu- Chen del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, Irlanda introdujo modificaciones en su legislación ( antes de esa sentencia, bastaba solo con nacer en la isla de Irlanda, siendo indiferente cualquier otra circunstancia).

Un cordial saludo.