Saludos a todos:
Actualmente intento patentar un producto, pero antes de proceder me encuentro con los diferentes procedimientos de realización de patentes: Nacional, Europea y PCT(Internacional). Evidentemente la diferencia de costes entre unas y otras es notable, por lo que debo realizar la mas adecuada a mis posibilidades y perspectiva de comercialización del producto.
Lo que no me queda claro es si al realizar una patente Nacional, ¿elimino sólo la novedad nacional?;¿elimino novedad Europea o incluso Internacional?, porque si es así, al desarrollar una patente Nacional, nadie podría "copiar" ese producto en cualquier parte del mundo puesto que habría eliminado la Novedad, siendo ésta un requisito indispensable para solicitar una patente.
Agradecería me aclararan estas dudas.
Muchisimas gracias.
Cuando solicites una patente (nacional, europea o PCT) o un modelo de utilidad tendrás una fecha de solicitud y posteriormente esta solicitud se publicará. El plazo es de 18 meses para las patentes y de unos 4-5 meses para los modelos de utilidad. En el momento de la publicación, este documento (patente o modelo de utilidad) formará parte del estado de la técnica para patentes posteriores, es decir, se puede utilizar para anular la novedad de patentes o modelos de utilidad solicitadas posteriormente.
Una vez publicada la patente o modelo de utilidad (es igual que sea española, europea o PCT) anulas la novedad a nivel mundial, pero durante el plazo entre la solicitud y la publicación solamente anulas la novedad en el territorio donde la patente está solicitada. Indicar que para la novedad de solicitudes PCT en Estados Unidos es necesario que la publicación sea en inglés.
Por ejemplo, si solicitas una patente española hoy 11.12.2008 y después no utilizas el derecho de prioridad para solicitar la patente en otros países, entre el 11.12.2008 y el 11.6.2010 (si se publicara en esta fecha), solamente anularías la novedad en España. Si alguien solicitara una patente europea exactamente igual por ejemplo el 30.12.2008 sería válida para todos los países excepto para España, siempre considerando que el derecho de la patente es del inventor o su causahabiente.
Una opción para evitar este plazo en el cual no se publica la patente es divulgar la invención de alguna manera, por ejemplo mediante un catálogo con depósito legal, un anuncio en una revista técnica, etc.
Espero haber contestado a tu pregunta.
Hola Alfons14:
En primer lugar gracias por la información anterior.
Tengo una duda aún en respecto a lo que me comentaste en el último mensaje: es referente a publicar el producto en alguna revista técnica o catálogo de depósito legal; no comprendo del todo la utilidad de ese proceso. De hecho no se me ha comentado nada en la Oficina Española de Patentes y Marcas.
Muchisimas gracias por la atención.
Un saludo.
Es para evitar el siguiente supuesto:
Tú presentas hoy 16.12.2008 una patente española, que se publica el 16.6.2010. No presentas ninguna solicitud de patente en el extranjero basada en la patente española.
Casualmente, a un francés se le ocurre lo mismo que a ti y presenta una patente europea el 30.8.2009. Esta patente europea será válida para todos los países excepto para España.
Si hicieras una publicación en una revista en enero de 2009 anularías la novedad de la patente europea y no sería válida en ningún país.
Evidentemente, a partir del 16.6.2010, ninguna patente posterior sería válida.
El riesgo no es excesivo, pero se debe tener en cuenta.
OK OK.
Por otra parte, cuando pedí información en la OEPM (Oficina Española de Patentes...) me comentaron que la patentre Nacional elimina la novedad mundial una vez concedida, pero me pareció entender que evita no la comercialización ni fabricación en otros paises fuera de España en este caso. Entiendo que eso ocurrirá con todas las patentes, tanto Europeas como PCT.
Muchas gracias.
Felices fiestas a todos.
Se elimina con una solicitud de patente española, PCT, europea o modelo de utilidad.
Discrepo que se elimina una vez concedida, sino que se elimina en el momento de su publicación.