Puntualicemos.
Para aplicar el art.10.1b) debe respetarse un límite cuantitativo, que no supere 12 mensualidades de gastos comunes la cantidad que se repercuta anualmente, y si lo sobrepasa el interesado pagar la diferencia. Puede ocurrir que, ese mayor de 70 años o la persona con movilidad reducida, no pueda hacer frente a ese gasto. Qué ocurre entonces?? no se pone el ascensor???
No, en ese caso puede y debe votarse en junta y si consigue la aprobación mayoritaria art. 17.2 (NO UNANIMIDAD) el ascensor se pone y todos los propietarios deben contribuir a pagar ese gasto.
Puntualizado queda.
Tal vez no me expresado bien, o usted interpreta mal mis palabras.
Yo no digo que la obra la deba de pagar, la dueña de la vivienda, he dicho que debe pagarla quien hace la obra, y no, la señora esa no hace la obra, la hace la comunidad, por eso sera la comunidad quien debera preparan el terreno para la obra.
Fixin puntualicemos, si existe mayor de 70 años o minusvalido, no hay que votar si se pone o no se pone. Se votara el presupuesto a escoger
No es necesaria la unanimidad. Si un mayor de 70 años lo solicita para aprobarlo en junta solo es necesario conseguir el voto mayoritario, art.17.2 LPH.
Gracias por la respuesta, amadeo2002.
también opino lo mismo, y en efecto si se reorganiza y escritura todo la comunidad es la propietaria y como tal la responsable de las obras.
Quien pide el ascensor es mayor de 70 años, sé que la ley obliga, creo que a todos los propietarios según su coeficiente (aunque con un límite de una anualidad de la cuota de la comunidad y el resto quien lo ha pedido, ¿es cierto?) salvo acuerdo por unanimidad.
Saludos
entonces no existe problema
deberán reorganizar los coeficientes y realizar escrituras nuevas todos los vecinos
sobre el punto 4, usted que cree? lo lógico es que la derribe quien vaya a realizar la obra
por lo que presiento, usted no esta por la labor del ascensor, diganos porque se va a poner el ascensor, porque lo ha pedido un minusvalido o persona mayor de 70 años
pero claro me surje una duda, cuando a esa vivienda se le di un 4% de coeficiente, se cambiaron el de todos?
Hola, gracias por las respuestas, me intento explicar mejor.
1) La vivienda ahora mismo está alquilada
2) En breve quedará desocupada
3) Sus propietarios saben que no la podrán ni alquilar ni vender (no tiene las condiciones mínimas para conseguir la cédula de habitabilidad)
4) Los mismos propietarios viven en otra vivienda de la misma finca y son los más interesados en poner el ascensor.
Saludos
Pero que propietarios, los del resto del edificio o los de la vivienda?
Porque si son los del vivienda no entiendo que propongan quedarse sin casa para que la comunidad ponga el ascensor. Eso se llama altruismo
Y si son el resto de propietarios los que se excudan en una excusa tan vanal y tan poco consistente que la vivienda tiene poco valor en el mercado, se llama desfachatez
Y los dueños que dicen?
Son los propietarios los que lo proponen, tanto eliminar la vivienda como hacer el ascensor. influye, sin duda, que esa vivienda tiene muy poco valor de mercado, y que quieren el ascensor.
Dice que esa vivienda tiene un propietario (no es zona común).
¿Pretender expropiarla para poner un ascensor para el resto?.
No sé a quien se le ha ocurrido semejante majadería.
mi comunidad tiene en la planta baja un local y una vivienda. Esta vivienda es la antigua portería, que con el paso de los años acabó como una propiedad más, un tanto irregular puesto que ocupa diferentes espacios del vestíbulo y patio interior. Tiene un propietario, un coeficiente pequeño (4 %) y a todos los efectos es una vivienda más.
Ahora se plantea instalar un ascensor en la comunidad. Para ello se debería eliminar esa vivienda y hacer obras en vestíbulo y patio para facilitar el acceso al ascensor que se construiría es ese patio.
En el supuesto de que la comunidad acepte instalar el ascensor, me surgen algunas dudas.
1) Eliminar la vivienda actual, ¿exactamente qué implica?. Entiendo que debe haber una renuncia a la misma, o una cesión a la comunidad, o una venta simbólica...
2) En el supuesto anterior, hay una modificación de la propiedad horizontal, eso debe reflejarse de alguna forma (escrituras, notario...)
3) Si desaparece esa vivienda, entiendo que se han de recalcular los coeficientes, aumentando los del resto de viviendas proporcionalmente según su coeficiente.
4) El coste de eliminar la vivienda de planta baja y dejar todo preparado para poder instalar el ascensor ¿quién lo asume, el actual propietario o la comunidad?
Entiendo que no es un problema sencillo. Como propietario puedo no estar de acuerdo en que se me ceda ese espacio, o en admitir el aumento del coeficiente, o en pagar una parte de las obras, etc...
Si me pueden orientar y aconsejar les estaría muy agradecido.