Hola.
Ayer recibimos un acta firmada por ccoo y los jefes en la que se nos comunicaba a los trabajadores de nuestra empresa que a partir de la próxima semana se nos cambiaba el horario de trabajo hasta que mejorara la situación de la empresa. Y se nos hace trabajar de lunes a sábado de 10 a 13.30 y de 17 a 20 .30 con una mañana de fiesta cada dos semanas. Hasta ahora nuestro horario de trabajo era 9.30 a 13.30 y 16.30 a 20.30 con un día de fiesta a la semana. Los trabajadores no estamos de acuerdo con la decisión que a tomado al empresa y los sindicatos ya que creemos que de esta situación la empresa no sacara ningún partido, y lo que es mas importante que contribuirá a augmentar nuestro cansancio, y disminuirá nuestra calidad de vida, ya que pasaremos a no tener vida personal. La pregunta que quería haceros es: ¿ Hay alguna forma de poder hacer que esto no se realice?
Podéis reclamar de manera individual acumulando causa.
También el ET os faculta a revocar al Comité de empresa si disponéis del número de personas suficiente para cumplir el quorum:
"Solamente podrán ser revocados los delegados de personal y miembros del comité durante su mandato, por decisión de los trabajadores que los hayan elegido, mediante asamblea convocada al efecto a instancia de un tercio, como mínimo, de los electores y por mayoría absoluta de éstos, mediante sufragio personal, libre, directo y secreto. No obstante, esta revocación no podrá efectuarse durante la tramitación de un convenio colectivo, ni replantearse hasta transcurridos, por lo menos, seis meses"
En el articulo 34.1 del ET se dice que: La duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo será de cuarenta horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual.
Entonces no es legal lo que están haciendo?? porque de esta forma vamos a trabajar 42 horas semanales.
Depende de si hay distribución irregular de la jornada.
Tienes que trabajar el número de horas anuales establecidas en el convenio colectivo que os sea de aplicación. Supongo que habrá un artículo en el que hable de jornada anual (suelen ser entre 1700 y 1800 horas año).