fanotron gracias de nuevo por su interés... He vivido y sigo viviendo una pesadilla por todo lo ocurrido a todos los niveles... de ello, me daría para escribir un libro...
Documentos entre muchos y para aburrir: Carta personal del consejero técnico del concejal de urbanismo Ignacio del Río, en la que me comunica que se para la obra para Revisar la Licencia... ¡MENTIRA!!!.
Informe elaborado por los mismos que conceden la Licencia de Sustitución con obligada recuperación del chalet construido en 1949... Donde certifican que de haber sabido la verdad de la mentira que les metió el arquitecto, NO HUBIESEN CONCEDIDO LA LICENCIA. Después sale a escena el ya "popular" (popular político y popular en los juzgados) Gerente de Urbanismo y les dice que hagan lo que quieran porque él no Revisa la Licencia. Y así fue.
Carta del Director y Subdirector de Urbanismo en la me reconocen que cometieron un ERROR al conceder la Licencia... Echando la culpa al TSJ por no ver infracción Grave en el aumento de volumen en un edificio con Protección Nivel 2, en su Grado Volumétrico. Cuando la verdad es que TSJ Ratifica los FALSOS INFORMES del Ayuntamiento de Madrid.
Más, tres diferentes informes urbanísticos con su correspondiente pago de tasa, donde certifican que la obra está prohibida porque yo, siendo el chalet pareado y simetrico no puedo hacer lo ya autorizado a mi vecino...
En resumen, he puesto a parir a todos incluido su alcalde y la presidenta de la Comunidad de Madrid.
Todos saben que llevo razón pero les llames lo que les llames (por escrito y firmado) se esconden en sus feudos.
El tema está desde hace más de dos años por lo Penal en una famosa "OPERACIÓN...".
En Gerencia de Urbanismo soy más que conocido y ellos mismos me pusieron el apodo de: "Denunciante oficial del ayuntamiento de Madrid" y es tal su locura... que otras obras dentro de la colonia detectadas por Disciplina Urbanística, me ponen a mí como denunciante, cuando yo no las he denunciado.
El tema ha salido en Prensa, TV y circula a sus anchas por Internet con mi nombre y apellidos... porque no tengo que esconderme de nada ni de nadie... "La verdad y la libertad está por encima de todo, repito de todo".
Vuelvo a preguntar ¿ENTENDÉIS ALGO DE ALGO?... pues yo, NO.
Si la obra se ejecutó en el 2001 o después, todos los datos legales, gráficos y documentales existentes en la red al respecto indican claramente que se trata de una construcción ilegal. Esa es mi opinión según mi leal saber y entender.
Le animo a intentar el recurso por "maquinación fraudulenta" y celebraré que tenga éxito porque el modo de proceder del Ayuntamiento de Madrid ya lo conocemos muchos ciudadanos.
No sería la primera vez que el TS se nos mostrara sorprendido diciendo: ¡qué raro que se la hayan dado "con queso" a la avezada sala del TSJ de Madrid!
En caso de ganar finalmente, espero que así sea, no se olvide de denunciar y exigir las responsabilidades de las autoridades y empleados públicos intervinientes.
Tampoco descuide la posibilidad de la vía penal. En mi opinión, es muy interesante si observara indicios de delito en alguno de los documentos a los que haya tenido acceso (que deben de ser muchos). Probablemente Vd. ya sabrá que los facultativos, funcionarios y autoridades públicas que libran certificados falsos tienen mayor responsabilidad penal que los particulares...
Y es totalmente cierto lo que Vd. comenta respecto a lo de protegerse unos a otros. Existe un corporativismo desmesurado en multitud de colectivos de todos los ámbitos que de una u otra manera disfrutan de situaciones ventajosas y aseguradas en nuestra sociedad. Sobre todo cuando se hace la vista gorda con injusticias y se impone el:
"Vamos a proteger a estos compañeros, aunque sabemos que son culpables, porque luego nos quitan el chollo a nosotros también."
Ese miedo a pagar justos por pecadores es libre y fundado pero la complicidad convierte en pecadores a todos, ¿no cree?
¡En fin! Le deseo suerte, cabeza fría y, sobre todo, mucha paciencia y perseverancia porque corren tiempos muy oscuros y de gran presión fiscal para los ciudadanos honrados de Madrid. Y lo que se avecina, con la institucionalización del "Guateque" y la entrada de la iniciativa privada en la gestión municipal de licencias, no es nada alentador.
El negociado de Zonas Protegidas una vez que son pillados y denunciados, por la licencia concedida, (Mercedes Herrero Pérez, Juan Díaz-Romeral Bringas y Ricardo Galeote Lago, apoyados por el inspector de obras Fernando Cercenado Mansilla) y ratificada por la C.I.P.H.A.N. (otros que tal bailan…) reconocen en Documento Oficial, que cometieron “Sospechosas y Absurdas Negligencias” al no requerir la citada documentación obligada, que hubiese impedido obtener dicha Licencia, hecho éste, por el que proponen a sus superiores (cargos políticos) su Revisión y consiguiente Paralización de la Obra. Lo que nunca llegó a ocurrir por una “Decisión Personal y Política” del Sr. Gerente de Urbanismo (Luis Armada Martínez Campos) que no aceptó dicha propuesta, a pesar de estaba Obligado por Ley.
El citado negociado que yo le llamaría de “Zonas Desprotegidas” se ve obligado a rectificar (Paloma de Frutos Cañamero y Fernando Puerto Martín-Peñato), y donde dijeron “Digo” ahora dicen “Diego”, justificándose dolosamente con unos informes premeditadamente amañados de mala fe, para intentar conseguir su Maquinación Fraudulenta.
Lo narrado terminó en el Tribunal Superior de Justicia de lo Contencioso Administrativo, que en “Sentencia Firme” ratificó los falsos informes del Ayuntamiento (con el aval de la coordinadora general, Beatriz Lobom Cerviá). “El citado Tribunal no sabe, ni se puede imaginar, que fraudulentamente fue engañado y burlado... por unos señores que no dijeron “la verdad de una mentira”, para protegerse unos a otros, y así, conseguir su doloso fin”.
Es bueno añadir que la misma obra autorizada en el chalet simétrico pareado al mío, a mi me es Negada, “por estar prohibida por la ley”. Hecho que por sentido común obliga a cuestionar, ¿cuándo miente y a quién engaña el Ayuntamiento de Madrid, al certificar al Tribunal Superior de Justicia que la obra es legal, o cuando a mi me certifica que está prohibida…?.
Sin más, Eloy Peña Rico denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
fanotron en primer lugar gracias por tu contestación que te amplio con pelos y señales:
1º. Se trata de dos chales pareados sitos en la Calle de Fernán Núñez. Dentro de la Colonia Histórica de la Unión Eléctrica Madrileña (Chamartín). Catalogados en un Área de Planeamiento Especifico (APE 05.11). Protegidos con Nivel 2, en Grado Volumétrico. Según el último y vigente PGOUM de 1997, en su Capítulo 4.3. (art. 4.3.4).
2º. El nº 7 con su promotor-propietario y su amigo arquitecto superior, proponen hacer un sótano autorizado por la Ley… (siempre que cumpla unos obligados requisitos). Para ello, piden Demoler el chalet existente y, así, hacer otro nuevo y diferente al Obligado Original. Incumpliendo los artículos 3.3.4. - 4.3.- 6.1.2.- 9.4.- 7.3.b.- 11. y 17.1.2. entre otros, del citado APE. 05.11.
3º. Para Demoler el Edificio (protegido en volumen) necesitan que se encuentre en ruina inminente (Art. 4.3.7.4. del PGOUM). O también, que las condiciones constructivas por su mal estado de conservación, aconsejen su Demolición (Art. 7.3.b del APE 05.11). Es esta última, a la que quieren acogerse y, así, lo hacen. Con la agravante, de que casi cinco meses después de conseguir la Licencia de Demolición, (de fecha 5 de Junio del 2001), el mismo arquitecto Certifica, en la ITE (Exp. 713/2001/022972 de 26 de Octubre del 2001), que el chalet se encuentra en un perfecto estado de conservación. Hecho incoherente que obliga a preguntar, ¿cuándo y por qué Miente el arquitecto, antes de conseguir la Licencia de Sustitución (714/2001/417) o después de conseguirla... y por qué, y para qué...?.
Observación: al tratarse de un Chalet Protegido en Volumen en un Área de Planeamiento Especifico de una Colonia Histórica de Madrid, la Ley Penaliza su Demolición y, más, si es para especular con el citado.
4º. La citada Sustitución lleva implícita según la Ley, la Recuperación del Chalet realizado en su Origen (1.949) por estar considerado como Histórico, y estar Catalogado con Protección Volumétrica. De ello, que el Art. 4.3 del APE, obligue, “en este caso concreto”, a tomar como única referencia su Proyecto Original. Que es custodiado en una Dependencia del Ayuntamiento de Madrid y, está, a disposición de quien lo requiera. El citado arquitecto vuelve a Mentir, al Certificar que el citado Proyecto NO existe, para así, poder realizar su prohibida obra. Con la agravante que el Ayuntamiento hace la vista gorda, e incumple el Art. 35.F. Ley 30/1992.
5º. La OETLCU. de 1997 en sus arts. 50.1.7 y 8 y 50.2. obligaba a la presentación del alzado de tramo/s de calle completos a los que dé la fachada del chalet, unido a la mayor descripción fotográfica. Exigencia que se reitera en los arts. 11 y 17 del APE 05.11; concretamente el art. 17.1.2 resalta la necesidad de un estudio previo del conjunto de fachadas de los chales pareados, con la conformidad entre propietarios. El arquitecto no aportó nada, y el Ayuntamiento no se lo Requirió…
6º. La Terraza Descubierta que figura en su omitido Proyecto Original es Intocable, por la Protección volumétrica de la parcela. El Porche de entrada es intocable (admite únicamente, su acristalamiento) art. 17.2 APE. Las dos piezas arquitectónicas citadas, han Desaparecido, ocasionando una INFRACCIÓN GRAVE, (Volumen Añadido...).
Un saludo. Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Es extraño que se permita la cubrición de una terraza en las colonias históricas de Madrid porque tienen muchos condicionantes estéticos, volumétricos, etc.
Si no me equivoco el caso que comenta pertenece a la Colonia Unión Eléctrica Madrileña, ¿no?.
¿Acaso es un edificio fuera de ordenación con el nuevo elemento construido antes de la entrada en vigor del planeamiento?
En caso negativo surgen muchas preguntas...
Creo que solo tienen terrazas el modelo B y posibilidad de balcón el modelo D-1. El edificio en concreto, ¿a qué tipología pertenece?. Por los datos de su pregunta parece que han cubierto la terraza de un modelo B, ¿no?.
Conjunto de dos chales pareados con "protección nivel 2, en grado volumétrico" en una colonia histórica de Madrid capital (PGOUM - APE 05.11).
Según Gerencia Municipal de Urbanismo del Ayuntamiento de Madrid y Sentencia Firme del TSJ de lo Contencioso Administrativo..."La eliminación de una terraza descubierta en fachada principal", para ser transformada en una nueva habitación interior del Edificio Principal, con tres ventanas y su nuevo tejado. NO ALTERA LA EDIFICABILIDAD NI AUMENTA EL VOLUMEN DEL EDIFICIO ORIGINAL...POR LO TANTO LA LICENCIA CONCEDIDA Y DENUNCIADA POR MÍ, "ES CONFORME A DERECHO".
¿Alguien lo entiende...?. Gracias.
Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.