me sale la siguiente cuestión: me di de alta en una casa de apuestas online (aportando copia del dni, dirección etc), y a dia de hoy he pedido el cierre de mi cuenta.
Además de esto, he pedido a la empresa que eliminen todos mis datos personales que tengan en sus archivos.
Me han contestado esto:
"agradecemos que nos confirme la razón social de la entidad ante la que quiere ejercer su derecho de supresión"
Entiendo que, como particular puedo pedir que eliminen mis datos, y que no hace falta ninguna entidad para ello. ¿Cómo proceder?
No. El derecho de supresión (o al olvido) es decir por ejemplo que no quieres que se vean en Google o en cualquier otro sitio donde aparezcan. Existen distintos derechos (acceso, rectificación...) pero no de eliminación en sentido genérico como parece que entiendes, eso NO es un derecho del titular de los datos. No puedes pedir por ejemplo que borren o tiren las facturas de que alguien te ha vendido algo porque no quieres que estén tus datos ahí, y de hecho es que están obligados a guardarlas. Sí tienes derecho entre otros a la oposición, a que dejen de tratar esos datos en adelante con cualquier finalidad.
Gracias por la aclaración! Solo para aclararlo: ¿incluso si no ha habido ningún tipo de movimiento? En la casa de apuestas en cuestión nunca realicé una sola apuesta, y por lo tanto, después del registro nunca ha habido ningún tipo de tratamiento ni uso de los datos.
Pues ya no lo sé, si habrá legislación específica de las casas de apuestas o no. Según la ley de datos sin más no están obligados a borrarlos, aunque como poder si no ha habido ninguna apuesta supongo que podrían, pero lo dicho, no por obligación de la ley de datos. Acceso, rectificación y oposición sí, claro.
Tal como yo lo entinedo, segun transcribes aqui, lo que tienes es que indicar que empresa o entidad quieres que sutprima tus datos, no que tu tengas que ser una empresa.
Y yo diria que, segun el articulo 17.1.a del RGPD si tienes derecho a ello.
Artículo 17
Derecho de supresión («el derecho al olvido»)
1. El interesado tendrá derecho a obtener sin dilación indebida del responsable del tratamiento la supresión de los
datos personales que le conciernan, el cual estará obligado a suprimir sin dilación indebida los datos personales cuando
concurra alguna de las circunstancias siguientes:
a) los datos personales ya no sean necesarios en relación con los fines para los que fueron recogidos o tratados de otro
modo;
Si tienes dudas, puedes consultar en la AEPD, puedes llamar por telefono y te lo confirmaran.
REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
de 27 de abril de 2016, por si quieres buscarlo y leer el articulo 17 completo
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Por supuesto tú no tienes que ser una empresa, es más, si hablamos de datos personales se entiende que eres una persona física. De lo que se trata es de respecto a qué otra empresa u organización quieres ejercer como persona física tu derecho al olvido, si es que existe alguna (por ejemplo si aparece en algún buscador)
Supresión no significa borrado físico, puede significar desindexación, fin de tratamiento, etc., más "olvido" que realmente borrar. El ejemplo más claro es el de la sentencia del caso Costeja que obligó a Google a "suprimir" datos (dejar de indexarlos) que en realidad eran datos del BOE, y que seguían siendo accesibles desde el BOE, pero no obliga al estado y al BOE a borrarlos de sus bases de datos, porque esto ya excede el derecho al olvido, el BOE es intocable. De la misma manera los datos sí se pueden guardar con propósitos fiscales, históricos, etc., lo que otorga el derecho de supresión no es el borrado físico y definitivo de los datos, sino que se sigan usando y sobre todo siendo accesibles por terceros. En el caso de las apuestas ya digo que no lo sé, pero sí hay legislación de datos específica por ejemplo para los ficheros de morosos, que se limitan a 6 años. Es decir, ese dato personal tuyo que excede de 6 años no se puede tratar ni cederlo a ningún tercero pasado ese tiempo, pero eso no obliga a la empresa original a borrarlo de sus registros históricos, ojo. Con datos se incluye el papel, y no puedes decir que tengan que tirar y destruir tu expediente, sino a que este deje de ser tratado automáticamente y pueda ser utilizado por terceros. A eso se refieren cuando te piden "la razón social de la entidad ante la que quiere ejercer su derecho de supresión", es decir, qué empresa que supuestamente está viendo esos datos quieres que deje de verlos.
hola, si existe esa ley, imagino que habrá también alguna consecuencia en caso de no cumplirse.
No dice que pena o donde se puede denunciar el incumplimiento?
El incumplimiento se puede denunciar ante la Agencia Española de Proteccion de Datos, y si, hay sanciones. En el caso del incumplimiento del articculo 17, que es el que estamos tratando en este post, se trata de una multa muy grave, (articulo 83.5.b) del RGPD)
5. Las infracciones de las disposiciones siguientes se sancionarán, de acuerdo con el apartado 2, con multas administrativas de 20 000 000 EUR como máximo o, tratándose de una empresa, de una cuantía equivalente al 4 % como
máximo del volumen de negocio total anual global del ejercicio financiero anterior, optándose por la de mayor cuantía:
b) los derechos de los interesados a tenor de los artículos 12 a 22;