Un señor en el año 74 compró un piso mediante contrato privado de compraventa a una SA. Se establecío como medio de pago varias letras de cambio. Finalmente se pagó todo el piso pero no se llegó a escriturar.
Ahora el comprador quiere inscribir su título en el Registro de la Propiedad, y al ir a buscar a la sociedad, se percata, mediante nota informativa del Registro Mercantil, que la sociedad tiene la hoja registral cerrada desde hace años, y no constan cargos vigentes de administardor, etc...
Como puede elevar a público el contrato privado???
Mediante una demanda declarativa de dominio o mejor un expediente de dominio???? No se cual de las dos acciones judiciales es la procedente.
Por otra parte, es mejor alegar justo título mediante el contrato privado, etc... o usucapión??? O quizás puedo alegar ambos supuestos?????