Tengo un pequeño problema familiar y no tengo claro como solucionarlo.
La cuestión es que los propietarios de dos viviendas pegadas que en su día tenían por su parte trasera y de forma perpendicular dos huertas (más o menos así =II ) llegaron a un acuerdo hace 30 años para hacer una permuta de parte de las huertas de manera que quedaran como una continuación de las viviendas y fuese posible el acceso a cada una de ellas desde la parte trasera de la vivienda correspondiente (más o menos así ==). Al mismo tiempo una parte cedió a la otra una cabaña a cambio de una servidumbre de paso por la huerta para poder acceder sin tener que hacerlo por el interior de la vivienda. Todo esto se hizo a través de un contrato privado, nunca llevado al notario ni al registro.
Hoy por hoy sólo sobrevive uno de los cuatro firmantes (firmaron un matrimonio por cada parte) y una de las casas ha sido puesta en venta por los herederos.
En el catastro las huertas ya aparecen como se pretendía. Es más, de hecho ya no aparecen como parcelas rústicas independientes sino como parte de la parcela urbana de cada casa.
Para solucionarlo, ¿basta con que los herederos de la parte que quiere vender reconozca ante el notario el contrato firmado en su día, se haga escritura pública y se lleve al registro? ¿Si no lo reconocen habría que ir a juicio? ¿Y con el contrato y la prueba del catastro sería suficiente para ganarlo?