En los rellanos de las escaleras, que son muy amplios, de mi comunidad, hay vecinos que quieren utizarlo para colocar bicicletas y/o muebles. Al ser elementos comunes ¿lo permite la ley? ¿lo puede autorizar el presidente sin más? o ¿hay que hacer una reunion extraordinaria al respecto?.
Se necesita unanimidad tomada en Junta, conforme a un punto del orden del dia que aparezca en la convocatoria.
Cualquier problema de responsabilidad, por entorpecer una posible evacuacion por incendio, tendra que ser asumida por todos los propietarios. Hablo de responsabilidades penales, aparte de las civiles.
entonces, si se ocupa la mitad de un portal con unos bidones para elevar agua, también se obstruye para caso de evacuación, u otros...¿se necesita unanimidad para ocupar medio portal con bidones para agua? muchas gracias