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Elementos comunes

7 Comentarios
 
Elementos comunes
06/10/2005 07:33
El anterior propietario de mi vivienda hace 15 años hizo obra y desvió los shunt de los baños, lo cual yo desconocía. Despues de llevar yo 12 años ya habitando esta vivienda, hay vecinos que quieren que yo ponga los shunt en la posición correcta. Mi pregunta es si esta accion ha podido prescribir y si no es así que posibilidades hay que me obliguen a restituirlo a la posición originaria.
06/10/2005 07:51
No ha prescrito. Para obligarle a Vd, tienen que pagar anticipadamente los gastos de esa modificación que afecta a la comunidad.
Vd. no tiene obligación de hacer nada particularmente a menos que le interese.
06/10/2005 08:58
No se que son los shunt,,,pero no se porque contestas que no ha prescrito,,cuando las acciones para prescribir son 4 años para el ayuntamiento y 15 para los juzgados (algunos juzgados hablan de solo 5 años).

Si los vecinos conocian la obra y la han consentido durante 15 años,quiere decir que han dado su consentimiento tacito por lo cual esta obra ha prescrito y no pueden reclamar ahora nada.

Si existiera una averia debido a esto si que podrian reclamarte que la arreglaras y si el arreglo pasa por cambiar los shunt tendrias que hacerlo,,pero si no pasa nada no pueden obligarte.
06/10/2005 09:48
Lo primero gracias por las respuestas, aunque me gustaria saber donde encontrar legislacion sobre el tema para poder hacer valer en la proxima reunion en la que saldrá a colacion el tema. Sobre todo en el tema de la prescripcion por consentimiento tácito.
06/10/2005 09:48
En electronica un shunt debe de ser una unión entre dos circuitos o algo por el estilo, pero, por favor, hable en español, ?querra decir que su anterior propietario desvió la salida de determinados conductos de fontaneria por lugares distintos a los que se establecieron por el constructor en su dia¿
Pues bien, este es un hecho que está sucediendo todos los días ante la más absoluta impunidad, debido especialmente al uso y abuso que se desprende del contenido de la ley 49/60 articulo cuarto, que a mi forma de ver está horriblemente mal redactado o falta de precisión y que forma buena parte de los atropellos que diariamente se cometen al amparo de ésta ley;
La ley debiera discernir claramente que las cosas comunes y las instalaciones comunes incluso dentro de la propiedad privativa tenían que ser intocables por el propietario, como pueden ser, conductos de agua fria,caliente,aguas sucias, conducciones electricas generales,calefacción,aire acondicionado, instaladas con proyecto de arquitectura; hoy, todo ello, la gente se lo pasa por el forro de ...... y no pasa nada. Eso es tema de tribunales y al albedrío de sus circunstancias y tiempo.
En el caso presente, cuando existe un mal evidente que el propietario perjudicado no debe de soportar, tiene dos vias, su acción personal via judicial contra el propietario causante, sea cualquiera el tiempo que viene precedido haciendo parte tambien a la comunidad por inoperante e inoservante de sus obligaciones.
La otra vía, que es la que más recomiendo al perjudicado es que lo tramite a través de la comunidad con los medios ya conocidos.
06/10/2005 12:44
Todo eso está muy bien, pero hay que tener en cuenta que la obra la realizó el anterior propietario y que el nuevo desconocia. No lo desconocia precisamente la persona que ahora reclama puesto que estaba al corriente de todas las variaciones que se estaban produciendo en el piso. Lo que me parece injusto es que por motivo de amistad con los anteriores propietarios no se denunciara nada ante la comunidad y ahora como ya no son amigos quiera jo... un poquito.
Por cierto los shunt son los conductos por los que salen los malos olores del baño (chimeneas) hablando en español.
06/10/2005 12:51
Esto se solucionaria, si la LPH hubiera recogido que en el certificado de deudas que se exige en la compraventa, tambien se incluyera (para conocimiento del comprador), cualquier otro conflicto (no economico) que tuviera pendiente la Comunidad con el propietario vendedor, por cualquier causa y que este aun sin resolver.
Un ejemplo es el que expone Vigo. Otro caso podria ser juicios pendientes de sentencia, donde la Comunidad podria ser condenada a un pago o indemnizacion, etc., etc.
06/10/2005 21:18
Lexis: La ley debiera de recoger muchas cosas que no recoge, por eso estamos como estamos, nuestra LPH es un auténtico cromo.
Sobre el tema en que que se da por aludido "Vigo" le diré que he estado investigando la palabra "shunt" , es inglesa y su traducción al español es, ejemplo "desvío" que es más o menos de lo que estamos tratando.
Voy a aprovechar este espacio para trasladar aquí una serie de estudios que en su día emití en otro foro acerca de este asunto sangrante y que es motivo en general de la mayoría de los problemas graves que se originan en las cosas comunes.
Saludos a todos,