Un preaviso registrado en la OPR, no puede echarse atrás. Debe presentarse al empresario con un mínimo de 20 días de antelación a la constitución de la mesa, y el proceso debe de terminarse, aunque no haya candidatos. Cuando se constituya la mesa, se establece el tiempo para presentación de candidaturas y votación, que será un mínimo de 24 horas y un máximo de 10 días.
Me imagino que la empresa es de menos de 50 trabajadores y por tanto se tiene que elegir Delegado de Personal ó 3 Delegados, si tiene más de 30 trabajadores.
Como bien dice Quebien, cada empresa es un mundo y como hay mucho empresario, sin nombre, recomiendo a la persona o personas que quieran presentarse como Delegados, que registren su candidatura en la OPR, por si hay alguna medida traumática por parte del empresario, y de esta manera tener una cobertura legal.
La renuncia a la promoción de elecciones, despues de comunicado el preaviso a la OPR, no impedirá el desarrollo del proceso, siempre que este cumpla todos los requisitos para su validez.
Pero una vez celebradas puede renunciar a su cargo.
Incluso La renuncia de cualquier candidato antes de la fecha de la votación no implica la suspensión del proceso, ni la anulación de su candidatura aún cuando sea incompleta, siempre y cuando la lista afectada permanezca con un número de candidatos, al menos, del 60% de los puestos a cubrir.
Tambien se puede revocar una vez celebradas. Para la revocación de los representantes, sea total o parcial, el promotor o promotores de la misma deberán comunicar por escrito a la oficina pública correspondiente su voluntad de proceder a dicha revocación con una antelación mínima de 10 días hábiles, adjuntando en dicha comunicación los nombres y apellidos, DNI y firmas de los trabajadores que convocan la asamblea, que debe contener como mínimo, un tercio de los electores que los hayan elegido.
Y se acabo la representación sindical en la empresa.
¿Que quereis que os diga? Cada Empresa es un mundo y la libertad está para todo, incluso para no querer ser representante de los trabajadores.
La libertad sindical es un derecho fundamental. Dar entrada a los sindicatos es democratizar la empresa. Tener representantes legales es un derecho inalienable. Los que no tienen luego preguntan ¿que puedo hacer, el empresario me quiere despedir? ¿a donde puedo acudir?
Creo que me has entendido mal o no me he expresado bien. Si es así lo siento. No estoy con la empresa si no con los trabajadores que me han pedido asesoramiento. Ellos no quieren ya convocar estas elecciones por que han pactado (más retribución y mayores beneficios) con su empresario. Realmente los dos salen ganando. Pero en concreto el elegido como representante tiene miedo de que si no pueden parar al sindicato lo puedan despedir.
Un saludo
Un empresario llega a su mesa por la mañana, se encuentra una citación con día y hora para celebrar en su emrpresa elecciones sindicales. El empresaio habla con sus trabajadores y estos, despues de "negociar" deciden echarse atrás. El elegido como representante dice que va a presentarle su renuncia (a cargo sindical) por escrito. Pero ¿Es esto suficiente para desconvocar unas elecciones sindicales? Y si no es así, ¿Hay alguna manera de poder hacerlo estando ya las partes (empresario y trabajadores) de acuerdo?
Para terminar, ¿Podría el empresario echar al erijido como representante? (Esto último creo que no)
Espero podaís ayudar a esta novata. Muchas gracias y un saludo.