Bueno, bien pensado un NO rotundo tampoco.
Si usted es candidato en esas elecciones no puede formar parte de la nesa
Otra opción sería una baja por enfermedad en el momento en el que se celebran elecciones, si está de baja no puede trabajar y estar en la mesa es trabajo.
smo
Buenas.
Mi duda deriva de la aplicación de la nueva Ley Orgánica 2/2024, de representación paritaria entre mujeres y hombres. Como bien sabemos la citada ley modifica la Ley Orgánica de Libertad Sindical y el TRET.
Teniendo en cuenta este nuevo marco jurídico, entiendo que en las elecciones sindicales de funcionarios en el ámbito local también sería de aplicación, en tanto que modifica la Ley orgánica de libertad sindical, que es la que desarrolla el derecho fundamental del que "nacen las elecciones sindical", independientemente si el marco es de personal laboral o funcionario.
No obstante, y a pesar de que yo veo clara la aplicación, los sindicatos de mi Entidad Local no consideran tal aplicación, es por ello que me gustaría saber qué opináis.
Un saludo!