buenas
quisiera saber si alguien conoce de algún ayuntamiento que tiene aprobado por Mesa de Negociación que los empleados que están temporalmente trabajando a través de algún fomento de empleo o formación (tipo talleres de empleo, escuelas taller, etc...) es gente que está un tiempo de 6 meses a 12 y no pueden seguir,que tengan sus propias elecciones sindicales.
Al estar un tiempo breve y sabiendo que no siguen sé de algún ayuntamiento que ha aprobado por Mesa que estas personas hagan sus propias elecciones porque no es justo para los empleados indefinidos que se presentan a las elecciones y luego siguen 4 años que les voten gente que está unos meses y luego se va.
No recuerdo en qué Ayuntamiento está y quería saber si alguien lo sabe para informarme.
de hecho se del ayuntamiento de Valencia que denunció este hecho porque se incluyeron a los empleados de tres talleres de empleo y CCOO ganó la demanda (36/2015 del juzgado de lo social n2) también quisiera saber cómo puedo obtener esta sentencia.
Para hacerse con la sta puede acudir a a federación de ccoo de valencia y pedirla.
Pero no termino de entenderle que fue lo que demandó y ganó ccoo?
Los trabajadores para ser electores tienen que tener una antigüedad mínima de un mes por tanto los que sean temporales pero tengan mas de un mes pueden votar, e incluso ir en la candidatura para ser elegible siempre que lleve sl menos 6 meses.
No entiendo cual es la pregunta ni lo que demando CCOO.
Sé que hay forma de poder excluir en las elecciones sindicales de los empleados de un ayuntamiento a gente que pertenrce a algún colectivo de fomento de empleo. Ccoo denunció que en unas elecciones se tuvo en cuenta a este grupo que eran 3 talleres de empleo y lo ganó (porque no le hicieron caso en las elecciones y tuvo que proceder a llevarlo al juzgado). Quisiera saber cómo se procede. Supongo que se aprueba por mesa de negociación que este tipo de colectivos tengan sus propias elecciones sindicales aparte del resto de empleados, debido a su corto periodo laboral que van a tener y que ya se sabe que no hay posibilidad de renovavión por ser subvenciones o ayudas ñrpcedentes de otros organismos para la contratación de estas personas.
Pues la verdad no lo entiendo, me gustaría ver esa sta en que se basa para no contabilizar esos trabajadores como trabajadores del ayuntamiento ya que si son considerados trabajadores del ayuntamiento los que tengan mas de un mes pueden votar y los que leven mas de 6 meses pueden estar incluidos en la candidatura para ser elegido.
Buenas
Sí que pueden votar y ser elegidos pero formando su propio comite o delegados ya que en mesa de negociacion se pacta que todo lo que sean trabajadores contratados por fomento de empleo (a través de una subvencion y para un tiempo limitado de 6 a 12 meses sin posibilidad de prórroga) formaran su propio comité ya que es un grupo que vota está un tiempo corto y se va. Existe esa sentencia y además demanda puesta por CCOO. Y hace años leí de un ayto que lo tenía así establecido pero ya no me acuerdo de qué ayto se trataba. De ahí querer encontrarlo y también leer la sentencia. Gracias