Hola, al estar convocadas las elecciones estas se han de celebrar
El candidato solo sera electo si lo vota la mayoria de los trabajadores, de lo contrario el resultado no sera vinculante y no sera candidato electo
El TC declaro la legalidad de celebrar elecciones sindicales en empresas de 6 a 10 trabajadores aunque no hubiera habido asamblea para pedirlas y para que los resultados de estas elecciones tuvieran toda la legalidad bastaba con la participacion de la mayoria de los trabajaodres, considerandose esta participacion como un consentimiento tacito a la celebracion de las mismas
Hoy en la empresa en donde trabajo hemos recibido la comunicación de elecciones a representantes de los trabajadores, los promotores de las elecciones es el sindicato. En nuestra empresa hay 8 trabajadores por tanto no es obligatorio tener un delegado de personal, la ley dice que en empresas entre 6 y 10 trabajadores puede haber delegado de personal si está de acuerdo la mayoría ¿Qué tenemos que hacer? La empresa se lo comunica a los trabajadores para ver si está de acuerdo la mayoria en celebrar las elecciones.Necesito vuestra experiencia