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Elecciones sindicales agrupación de centros

2 Comentarios
 
Elecciones sindicales agrupación de centros
29/04/2024 21:12
Buenas tardes, actualmente somos un comité de 5 representantes en agrupación de centros de la provincia de Barcelona. Somos una empresa subcontrata que presta servicios a diferentes centros de trabajo, logística, limpieza y artes gráficas. Recientemente nos informaron de nuevos centros en los que hay 12 trabajadores en uno, y 24 y 8 en otros. También hay trabajadores limpiando solos en diferentes instalaciones pero nos dicen que esos no entran en nuestra representación. Eso es asi?antes de esta notificación ya tenemos otros 2 centros de trabajo de 40 y 10 trabajadores.a la hora de elecciones se pueden agrupar todos? Nuestra duda está en el de 8 trabajadores y los trabajadores que limpian que son bastantes en diferentes instalaciones.
30/04/2024 18:28
Jony36
Según el Estatuto de los Trabajadores y la Ley Orgánica de Libertad Sindical, los trabajadores de nuevos centros de trabajo que pertenecen a la misma empresa tienen derecho a ser representados por el mismo comité de empresa, siempre y cuando los centros estén ubicados dentro del mismo municipio o municipios limítrofes, o no esté justificado por la distancia o dificultades de comunicación la existencia de representantes separados.

Si estos trabajadores pertenecen a su misma empresa subcontratista y no hay una justificación razonable para excluirlos de su representación (como que pertenezcan a otra empresa diferente), deberían ser considerados dentro del cómputo de trabajadores a efectos de representación sindical. Sin embargo, es común que se les considere aparte si trabajan en instalaciones de clientes distintos sin una relación directa con los centros de trabajo que usted menciona.

En cuanto a la agrupación de todos los trabajadores de los diferentes centros para las elecciones sindicales, la ley permite que se agrupen centros de trabajo para la elección de representantes si así resulta más eficaz para la representación y no se perjudica el derecho de representación individual de los trabajadores de cada centro. Esto debe ser evaluado caso por caso y puede requerir la aprobación de la autoridad laboral competente si no hay acuerdo entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

En el caso del centro de 8 trabajadores, la normativa establece que se puede elegir delegado de personal en empresas o centros con menos de 50 trabajadores, pero con un mínimo de 6 trabajadores. Por lo tanto, si en el centro de 8 trabajadores no existen ya representantes, se podría elegir un delegado de personal.

Para los trabajadores que están en diferentes instalaciones y los centros de trabajo con menos de 6 trabajadores, su representación puede ser más compleja y dependerá de la organización específica de la empresa y los acuerdos con los sindicatos.

En conclusión, los trabajadores de los nuevos centros deberían ser incluidos en la representación sindical si son parte de la misma empresa y no existen razones justificadas para su exclusión. La posibilidad de agrupar a todos los trabajadores en una sola elección sindical dependerá de la configuración específica de la empresa y los centros involucrados, así como de las negociaciones entre la empresa y los representantes de los trabajadores.

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Saludos cordiales,

LEXITER ABOGADOS ONLINE
03/05/2024 18:28
jordi92
Muchas gracias por la información pero aún no acabamos de entender. Le explico mas detalladamente. También enviamos una consulta donde nos dijiste a espera de respuesta. Le comento...
Actualmente somos un comité de agrupación de centros en la provincia de Barcelona en una empresa multiservicios. Recientemente nos informaron de varios centros nuevos, que son de limpieza en diferentes hoteles. Centro 1 ( 22 trabajadores) centro 2( 12 trabajadores) Centro 3 ( 8 trabajadores) y muchos trabajadores sueltos limpiando en apartamentos... Estos centros se suman a los ya existentes que son uno de 40 y el otro de 10 trabajadores. La empresa nos dice que el centro de 8 trabajadores no entra en nuestra Representación. Esto es así? De cara a las siguientes elecciones podríamos agrupar todos los centros? Incluidos los trabajadores sueltos? Es posible que menos de 10 trabajadores no entren en agrupación? Hay ciertas dudas que nos gustaría resolver, muchas gracias