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¿elecciones a la búlgara?

2 Comentarios
 
¿elecciones a la búlgara?
27/08/2017 02:43
El Presidente ha convocado, el último día posible según los estatutos uan reunión para cambiar al Adminitrador.
Hay otro puesto del orden del dia "Reelección de Mr.XX".
EL Sr. XX fue vicenpresidente hasta marzo, y decidió no presentarse para este año. Pero tanto el como la Junta DIrectiva han cambiado de opinión y quiere ser vocal.
Está en su derecho y si el punto del orden del dia fuera "Elección de vocal adicional Paarl la Junta Directiva", perfecto se podría presentar él y cualquei otro.
Pero con esta redacción el único que se puede presentar es él. Por supuesto esto no es ético pero ¿como puedo convencer a los vecinos de que no es legal?
Además entiendo que si es reelección tiene que volver a ser vicepresidente, lo que implica dimisión del actual que no puede ser vocal ya que este tema no está en el orden del día.
Muchas gracias
27/08/2017 13:54
Aureliosuero
art. 13.1.D. de la LPH:
En los estatutos, o por acuerdo mayoritario de la Junta de propietarios, podrán establecerse otros órganos de gobierno de la comunidad, sin que ello pueda suponer menoscabo alguno de las funciones y responsabilidades frente a terceros que esta Ley atribuye a los anteriores.
en los estatutos de su comunidad está recojido dicha elección (Vocal)
pues como usted dice, podría convencerles diciendo:
que en los estatutos no figura dicho cargo (SI ES QUE NO FIGURA, YO NO LO SE, USTED DEBERÁ AVERIGUARLO)
que la elección en caso que no pueda convencerles, sería mejor hacerlo en junta ordinaria, cuando se renuevan todos los cargos, dado que la figura de vocal no es para nada relevante e util. (así le da una puya).
Y que nunca se personaliza la persona que se va a elejir (eso es en política), que a ese cargo se puede presentar cualquiera que lo desee, (prestesé usted mismo)
que el acta está mal redactada ya que pone reelección y ahora sería elección.
27/08/2017 14:35
Aureliosuero
Muchas gracias.
Creo que el punto fundamental es que no se puede plantear unas elecciones con un solo candidato. Mañana podremos votar si vuelve esa persona o no a la Junta Directiva, pero con este orden del día ¡ no se puede presentar ningún otro candidato !
Claramente esto no es ético, y entiendo que no es legal ¿pero existe alguna forma de mostrar que no es legal? Se que es obvio, pero es como si se dijese que a las dos de la tarde no es de día y se vota en consecuencia, hay que buscar una fuente irrefutable que demuestre lo obvio: que es de día.
No he visto nada en la LPH que señale que no se puede limitar el derecho de ningún vecino a ser elegido ¡ pero es obvio !
En esta comunidad existen los cargos de vocal, vicepresidente y presidente, y todos juntos conforman la Junta Directiva que tiene poder real - más él que se arrostran en una politica de "todo para el pueblo, pero sin el pueblo". Los propietarios españoles estamos vetados de la junta - en los 13 años de comunidad solo ha habido un vocal español tres meses y fue expulsado por obligar al presidente a dimitir por hacer obras para el vicepresidente sin informar a la junta- y el presidente siempre tiene que ser inglés (son mayoria y votan por nacionalidad). Pero al menos ¡ hay que hacerles respetar la ley ... y la ética ! (anécdota: un presidente trató de que votásemos no someternos a la LPH ya que "no está hecha para comunidades como está" pero al final incluso algunos de "su grupo" se dieron cuenta de lo ilógico del tema ... y de lo facil que resultaría presentar una demanda contra ese acuerdo).