En Andalucía hay una ley que prohíbe celebrar elecciones en Julio y Agosto. Hay un principio jurídico "primacía de lo específico sobre lo genérico", lo específico para este caso es Andalucía y lo general el resto de España. Y los principios jurídicos están por encima de cualquier ley, por lo que no se puede alegar que que la Ley Electoral es una L.O.. La Ley andaluza no fue recurrida por las altas instancias del Estado, está claro, en Andalucía no se pueden celebrar celebrar elecciones en esos meses.
No se de dónde saca usted ese principio jurídico. En Andalucía no se pueden celebrar elecciones "AUTONOMICAS" porque así se establece en el artículo 14 de la Ley Electoral de Andalucía.
De todos modos se trata de una ley autonómica que regula las elecciones al parlamento de Andalucía.
El estado no tiene restricciones para sus leyes estatales en el ámbito de decidir cuándo se vota, puede obligar a votar a los andaluces en verano y eso es precisamente lo que ha hecho.
Pero no decía usted que en Andalucia no podía haber elecciones este 23/07/2023? Que hay una norma autonómica que lo prohíbe expresamente? Y claro, como norma autonómica prevalece sobre una norma estatal...
Ha impugnado los resultados?
La verdad que este comentario es chistoso eh jejeje
"Hay un principio jurídico ........ y los principios jurídicos están por encima de cualquier ley"
Jajajajajaja
El supuesto principio jurídico ese se llama calor, en verano hace mucho calor y la gente pasa de ir a votar en Andalucía, así que vamos a cambiarlo retocando la ley electoral.
Y en segundo lugar: Creo que deberías mirarte bien el orden jerárquico de las normas, porque los principios no están precisamente en la punta de la pirámide jejejeje