Entiendo que si en stc aparece que este año le toca a él y no aparece plazo para comunicar, se debería dar por hecho que será él quien se haga cargo de su hijo en vacaciones. Entiendo que la comunicación se debería dar en caso de que él no lo tuviera durante ese período vacacional.
Puede enviar un mensaje de texto SMS al último número de teléfono conocido y burofax solicitando que le comunique su elección de vacaciones a la última dirección conocida. Si se acerca mucho la fecha y no recibe respuesta presente solicitud al juez mediante un expediente de jurisdicción voluntaria para que sea el juez el que determine las vacaciones, aportando el burofax y el SMS y exponiendo la falta de respuesta de la otra parte.
Quizás esta falta de comunicación podría ser justificación para poner una demanda de modificación de medidas dónde se concreten mejor las fechas de comunicación y el régimen de visitas.
Si finalmente no se presentase a recoger a su hijo en la fecha que le corresponda entonces podría poner una demanda de ejecución de sentencia por incumplimiento del régimen de visitas.
Gracias por su respuesta pero lamentablemente no hay buena relación ni comunicación con el. Cuando le pregunto algo simplemente no contesta. El burofax no sé a dónde mandarlo pues se ha mudado y no sé su nueva dirección, al trabajo tampoco porque cambia cada 2x3 de empresa y el que era su abogado dice que ya no es su cliente así que tampoco sé quién es su nuevo abogad@ si es que tiene.
Como vera es complicado por eso el preguntar por aquí para tener alguna referencia.
Buenos días. Este año le toca al padre de mi hijo elegir el periodo vacacional. En sentencia no viene especificado fecha para comunicarlo. Mis preguntas son, hasta cuándo me lo puede comunicar? En caso de que no lo haga como se procede? Elijo yo? O debo tener al niño preparado los días señalados por si aparece entregárselo? Un saludo y gracias.