Buenos días a todos,
soy propietario de una vivienda en un residencial formado por 3 edificios y zonas comunes constituido en una comunidad.
En las normas de régimen interno se indica que la junta gobierno se elegirá en junta general y la misma estará compuesta por los presidentes de las diferentes escaleras de 1 a 7.
Que el presidente de todo el residencial saldrá de los presidentes de escalera.
que a la hora de que tomar decisiones en la junta de gobierno votará exclusivamente en aquellos asuntos, temas o decisiones que su propiedad les faculte, atendiendo a los estatutos.
Bajo esas premisas quien tendrían voto a la hora de elegir por ejemplo a el presidente de la escalera 2, los propietarios de todas las escareas, o soló los propietarios que ostentan la propiedad sobre la escalera en cuestión.
Gracias de antemano
Vanesa
Gracias por la respuesta. Entonces como se realiza una junta general de toda la xomunida, el administrador cuando se somete a votacion la elección del presidente de una escalera solo debería dejar votar a los asistentes a la junta general que tengan peopied de es escalera . Aunque la junta general sea de todo el complejo que forma la comunidad .
Cierto?
A la junta general del complejo de edificios, los propietarios, no pueden acudir, sólo lo harán los presidentes de cada edificio.
Cada escalera debe celebrar sus juntas de forma individual, si realmenteconforman una mancomunidad,
Cosa que usted debe estar segura, sines asi, o no
Es todo una comunidad,pero los estatutos de la misma indican que todos los propietarios podrán asistir a la junta pero solo votarán conforme a su coeficiente.
Considerando si son elementos comunes restringidos o elementos comunes.
Por lo tanto teniendo en cuenta esto en los estatutos. Sólo se tendrían en cuenta los votos para presidente de escalera con respecto a el coeficiente de los propietarios en esa escalera. Un propietarios tiene un coeficiente sobre el total del conjunto y un coeficiente sobre la escalera a la que pertenecen del conjunto de esa escalera.
Como cuando se distribuyen los gastos de la comunidad.
Si no o contribuyen a los gastos de la escalera por no tener coeficiente sobre la misma no pueden votar sobre el presidente de esa escalera.
Vamos digo yo
Mire....cada comunidad tiene su presidente que es elegido anualmente por su comunidad.
Los órganos de gobierno de la Mancomunidad lo conforman esos presidentes de las comunidades y cuando hay reunión de esa Mancomunidad sólo pueden asistir esos presidentes (no acuden los propietarios). Previamente a esa reunión de la Mancomunidad, los presentes han de convocar una reunión en sus comunidades respectivas para tratar el asunto surgido en la Mancomunidad para deliberar sobre el problema y decidir qué solución o postura tener en la Mancomunidad que ese presidente debe exponer en ella. Sobre el resultado acordado en la Mancomunidad (por los presidentes) se deberá informar a todos los propietarios para su conocimiento.
Nos puede explicar que significa lo que usted indica con:
Es todo una comunidad,pero los estatutos de la misma indican que todos los propietarios podrán asistir a la junta pero solo votarán conforme a su coeficiente.
Lo que indica, no tiene sentido alguno.
Si ustedes actuan, de forma diferente a lo estipulado en el capitulo IIIArt. 24 de la LPH, es imposible poder ayudarle.
Ustedes sabran que acordaron en su día
Nos puede explicar que significa lo que usted indica con:
Es todo una comunidad,pero los estatutos de la misma indican que todos los propietarios podrán asistir a la junta pero solo votarán conforme a su coeficiente.
Lo que indica, no tiene sentido alguno.
Si ustedes actuan, de forma diferente a lo estipulado en el capitulo IIIArt. 24 de la LPH, es imposible poder ayudarle.
Ustedes sabran que acordaron en su día
Para tener clara la configuración, sería necesario leer los estatutos.
Mi opinión es que no se trata de una mancomunidad, pues del relato de Vanesa se desprende que no hay varias (7) comunidades, sino solo una. La junta de propietarios está formada por todos los propietarios, votando todos en los temas comunes, y los de cada escalera en sus temas particulares, como es la elección de "presidente de escalera". (1). Los 7 presidentes de escalera forma la Junta de Gobierno, que no es más que un grupo de trabajo, para estudiar los temas de la comunidad, preparar presupuestos, etc, pero que no tiene capacidad de decisión, pues está es competencia de la Junta de Propietarios.
(1) Nunca me ha gustado es título de (teórico) presidente de escalera o portal, pues induce a error
Conozco varias comunidades, entre ellas la mía, en la que vivo, que son así, cada escalera nombra un vocal, y de entre todos los vocales se elige el presidente y el vicepresidente, y todos ellos forman, junto con el administrador, la Junta de Gobierno, que, como ya dije, es un grupo de trabajo y control, pero no tiene competencia para tomar ninguna decisión. La Junta de Propietarios es única, formada por todos los propietarios, y toma todas las decisiones de la comunidad.
Exacto es solo una comunidad. Que dado que es un residencial por tener siete bloque tendría que haber ser formado como mancomunidad,pero la comunidad la creo que constructor y en ese momento tenía un sólo propietarios.
Pero en los estatutos de la comunidad pone que podrán asistir a la junta general todos los propietarios que votar por coeficiente sobre los diferentes asuntos y diferenciando los elementos xomunes y comunes peovarivos.
En la primera reunión se la comunidad se crearon las normas de régimen interno y la formación y normas de las mismas en cuanto a junta de gobierno reflejan una mancomunidad.
En el.awntido que describen la creación de 7 presidentes,uno por escalera del que saldrán en reaidnete general.
Que eso presidentes se regirán por la ley de propiedad horizontal representando las cuotas de las diferentes escaleras y por eso solo un presidente por escalera. Ostentado el presidente general la presidencia de la escalera a la que pertenece.
Resultado 100% de la propiedad.
En cuanto a el órgano de decisión decidirán todos ,todos tendrán un voto y en caso de empate el voto del presidente general vale doble.
Añadiendo que los presidente solo podrán votar en las decisiones sobre las que tengan propiedad, por lo tanto será sobre las cuotas que representan como representantes de su escalera sino no tendría sentido.
Estoy en otras comunidades y no existen todos estos problemas de interpretación.
Pero por.lo que indica las normas se entiende que el presidente de una escalera no debería ser votado entre todas las comunidad.
Lo que dice:
En cuanto a el órgano de decisión decidirán todos ,todos tendrán un voto y en caso de empate el voto del presidente general vale doble.
Eso es una aberración.
Ustedes han creado un ente dificil de entender
Una pregunta.
Usted sabe cuanto suman los coeficientes del total de las viviendas de su escalera?
Suman 100?
Efectivamente, lo del voto doble de los presidentes, para desempatar es una barbaridad, y un ilegalidad.
Y esa mezcla de cosas que nos cuenta Vaness de los Estatutos y del Reglamento de Régimen Interior, que es donde parece que "crearon" los presidentes, otro sinsentido.
Sin leer los Estatutos y el RRI no parece sencillo tener clara la organización y su probable ilegalidad.
Resalto esto que usted dice:
En la primera reunión se la comunidad se crearon las normas de régimen interno y la formación y normas de las mismas en cuanto a junta de gobierno reflejan una mancomunidad.
Y
Es todo una comunidad,pero los estatutos de la misma indican que todos los propietarios podrán asistir a la junta pero solo votarán conforme a su coeficiente.