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elección administrador

12 Comentarios
 
Elección administrador
perfil Din
27/01/2006 09:41
Hola, se acaba de constituir mi comunidad de vecinos, y tengo alguna duda.

Se presentó un señor diciendo que era el administrador (no era propietario, era un gestor de fincas), y fue el que dirigió la junta.

¿Puedo ser yo el administrador (soy propietario) de forma gratuita y no tener que pagar a un administrador? ¿Tengo preferencia sobre él? A él no lo eligió nadie, se presentó sin más. Estoy a la espera de que me envíe los acuerdos que se tomaron.

Decir que a mi no me avisaron de la reunión, por eso no pude asistir.

gracias por vuestras respuestas.
27/01/2006 14:00
Por lo que usted cuenta, parece que sí le designaron administrador.
27/01/2006 14:15
¿Pero es que nadie de los asistentes y de los citados a Junta, le pregunto a ese señor, a titulo de que convoco y presidio la Junta?.
¿Quien ese señor, para presidir la Junta de constitucion de la Comunidad?.
¿Habia orden del dia en la convocatoria?.
En caso afirmativo, ¿estaba incluido algun punto de eleccion de Presidente y Administrador?.
¿Que se voto al respecto?.
27/01/2006 17:12
¿Quiés es el presidente de la comunidad?
Manifiestele su descoformidad y pídale que convoque una reunión extraordinaria para tratar el tema nuevamente.
Usted puede ser perfectamente el administrador de la fica como secretario, si así lo decide la junta. La gestión de una finca es más facil que la de un piso, siempre y cuando los vecinos de esa comunidad sean razonablemente correctos. En el caso que no lo sean y den problemas, ni el administrador deseará hacer la gestión administrativa.
27/01/2006 17:24
Es posible que ese señor sea el administrador provisional que designa el promotor para constituir la Comunidad, pero es la Junta, después de nombrar Presidente, la que nombra un administrador, momento en el cual puede proponerse este señor provisional para el cargo, o rechazarle y asumir el Presidente la administración, opción ésta que recomiendo encarecidamente a las comunidades recién creadas. De este modo, los,propietarios pueden buscar por sus propios medios un administrador profesional, colegiado, con título para ejercer, y lo más importante de todo, independiente y no vinculado al promotor.

Hay muchas comunidades sometidas a los manejos de los promotores que por los desconocimientos y desinformación de los compradores "colocan" a alguien de su confianza en este puesto, desde el cual se aseguran que primarán sus intereses sobre los del resto de propietarios hasta que pierdan mayoría de cuota del edificio.

Si de entrada no le convocaron a la reunión, desconfíe de la actuación de esa persona y de la validez de su nombramiento, busque el parecer de otros propietarios, contrasten puntos de vista, y si lo estiman pertinente, pídanle al administrador el Acta de constitución de la comunidad y vean cómo está hecha.

Saludos.
27/01/2006 23:21
Xval;
Me ilumina la entereza con que describe el orden de inicio de una nueva comunidad y
sin duda, por lo poco que le he leído, estimo que es usted una persona abierta y razonable en sus convicciones naturales de las cosas. Por éste pensamiento, prácticamente en este foro ya no teníamos nada que decir, cuando todo el mundo cumpliéramos con el camino recto y honrado.
Se nota que por sus lares no ha pasado la apisonadora de la corrupción, ni las acciones a
dedo”, ni “eso” que llaman las masas, “mayorías”., ni esas extrañas maniobras que mueven cada día a “nuestra ciudadanía”.; si nada de eso existiera, sería para mí en su mensaje una definición magistral de entender una comunidad de propietarios.
Parece que su nik es nuevo, sea pues bienvenido a ésta familia pero le encarezco examine el contenido paginado y verá la variedad de supuestos y de lo que somos capaces de hacer los que vivimos en Comunidad.
perfil Din
29/01/2006 09:12
Muchas gracias a todos, habéis sido de gran ayuda.
Ya me he enterado que al administrador lo designó la promotora (y que son familia).
Hablaré con el resto de vecinos a ver que dicen, aunque la promotora tiene más de la mitad de las viviendas, así que no lo veo fácil.
29/01/2006 10:05
Insista en que le envíe los acuerdos y compruebe si se ha firmado contrato con el administrador.
29/01/2006 13:43
pues como la promotora aun sea dueña de pisos tiene derecho a votar y como tenga tantos......
29/01/2006 16:39
.......pagará más que los restantes propietarios juntos.
29/01/2006 16:45
El propietario de varias viviendas y locales tiene un solo voto como tal propietario, con un coeficiente igual a la suma de los coeficientes de sus propiedades.

Si ese produce mayoría d evotos pero no de coeficientes, el asunto puede ser dirimido en el Juzgado, convenientemente presentado.

Por ejemplo:
Los propietarios "no ladrilleros", y que sean igual o más que el 25% de los propietarios, convocan Junta, eligen a un Presidente, Secretario y Adminsitrador, sin entrar si separn o agrupan los cargos, y toman acuerdos, envvían el Acta a todos los propietarios. Esos acuerdos, como norma general, son ejecutivos desde el mismo momento en qu ese toma. Y el que noi esté de acuerdo (el ladrillero), qu elos impugne, es decir, que tiene que ir a Juicio Contra La Comunidad.
29/01/2006 17:03
Yo creo que en primer lugar se tiene que comprobar si la comunidad está legalmente constituida y a partir de ahí comprobar si los avisos y acuerdos son legales.
El acudir al juzgado no implica que la sentencia salga a favor de los "no ladrilleros".
29/01/2006 21:23
Pero si ellos cogen y celebran una Junta Extraordinaria y sdicen que son la Comunidad, el ladrillero, a no ser que el Juez sea conocido, pues suele dar la razón a la "Comunidad". Revisese el foro, aparece una intervención en la que nos dijeron que hicieron lo que he puesto y el juzgado les dió la razón, como es costumbre en los juzgados. Y no he dicho que lo hagan siempre.