en proceso civil se aplica el vencimiento objetivo. Quien pierde paga salvo que concurran circunstancias especiales que aconsejen su no imposición (por ej: ser una cuestion de derecho de díficil solución). Por tanto, aunque no se haya solicitado su imposición, el juzgador puede imponerlas de oficio.
Perdonad por mi indiscrepción, pero creo que si no se solicita, no se pueden imponer de oficio, en virtud de principio de congruencia y de justicia rogada.