Cuando un nuevo abogado de oficio ha sido designado a un caso (contencioso-administrativa), sustituyendo por el otro letrado por perdida de la relación de confianza o circunstancias similares (son del mismo colegio de abogados) ¿cuando tiene que recibir el nuevo letrado el expediente administrativo del caso? ¿Cuanto tiempo normalmente tarda en recibirlo?
En mi caso, ha sido un mes desde que se designó el abogado y él todavía no tiene el expediente administrativo. El abogado me ha comentado que cuando la sentencia es firme, el abogado que recibe el caso no recibe el expediente administrativo.
Le ruego que alguien me indique también la norma o articulo de aplicación.