El banco no te va a dejar quedarte solo pagando la hipoteca, quiero decir que no quitarán a tu ex-pareja de ella hasta que no se termine de pagar, siempre se cubren las espaldas por si tú algún día no puedes pagarla, le piden la cuota a ella.
Zurullo: no tiene nada que ver con que la vivienda sea de ambos. Simplemente si vive en la vivienda asignada al menor con otra persona (como ya ocurría como cuando el derecho de uso se otorga como compensatoria, no al menor), se extingue el derecho de uso exclusivo al menor y al custodio, pero no la copropiedad de la vivienda. Si la vivienda es ganancial seguirá siendo ganancial y si es un proindiviso en el porcentaje que sea, lo seguirá estando igual. Simplemente no existirá ya el derecho de uso exclusivo otorgado al menor como límite alguno a la disolución de gananciales o a la división de la cosa común.
Hombre, se puede demostrar si aportas tú las pruebas, como puede ser el testimonio de los afectados que digan que vive ahí, o el documento que sea que lo pruebe. Cualquier forma de prueba es válida, si consigue demostrar lo que pretende demostrar (y si no vulnera ninguna ley), pero la manera más simple, barata y realista, es un detective.
Gracias por tus consejos, voy a seguir preguntando el tema de opciones distintas a detective para poder demostrar esa convivencia embarazada ni casa, gracias y un saludo
Según tengo entendido, pagas deuda. Lo que ya has pagado, disfrutado está, no vas a pagar 2 veces encima.
Pero como dicen, que el banco acepte perder a uno de la hipoteca, ya tienes tú que aportar buenos datos económicos para que la acepten.
Hola.
Primero deberias preguntar en el banco si aceptan que te quedes tú solo con la hipoteca, suelen preferir que respondan los dos.
Por otro un juez no puede obligar a vender, en todo caso podrias instar división de la cosa común y se sibadtaria. Si con que se obtenga en la subasta no jay sificiente para saldar el prestamo hipotecario continuariais pagando la hipoteca por el importe que faltase. Es decir ya no seriais propietarios de la vivienda pero sí de la parte de hipoteca que aún faltase por saldar
Saludos
Hola a todos, alguien sabría aconsejarme sobre cómo aportar pruebas de que la nueva pareja de mi ex mujer vive en el domicilio atribuido a mi ex mujer y mi hijo después del divorcio?
Está claro que arruinándome más de lo que estoy , con un detective y demás, pero hay alguna otra fórmula que no sea gastando todo el dinero en un detective?
Mi segunda duda es si consigo demostrar este caso y llegamos a juicio y se dictamina que hay que vender la vivienda , ahora mismo debemos más de hipoteca de lo que sacaríamos por ella al venderla, entonces, si decido comprar su parte, que parte es la que se compra? La deuda que ella debe al banco? O además de la deuda de hipoteca al banco debería indemnizarle a mi ex mujer con más dinero por lo que hemos pagado estos años de hipoteca y la entrada que dimos en su día para la compra?
Muchas gracias, a ver si alguien pudiera aconsejarme sobre estos temas , un saludo
Zurullo es que hay muchas circunstancias diversas que se pueden dar, a mi lo que me vale es lo que pueda de traer como beneficioso a los menores, y en este sentido tengo mis dudas. Está claro que algunas han cometido abusos pero esto tampoco debe implicar medidas salomónicas, habrá que ver caso por caso. Yo por ejemplo dejé mi casa que me concedió la justicia a mi ex, era lo que menos me importaba la verdad.
Buenas tardes.
Estoy un poquito liado con el tema.
Atendiendo a los últimos comentarios,quiere decir q recuperaré mi casa sin abonarle la mitad a mi ex.???
Ella me demandó con división gananciales,vive en otra casa con su pareja y tiene la custodia por las circunstancias.
Muchas gracias por todo
Jajaja, Hace mucho tiempo que leo tus comentarios en esta pagina, no solo en este subforo de Derecho de Familia, y, teniendo en cuenta la mayoria de la gente que participa, diria que precisamente tu no eres de los mas necesitados de clases... Probablemente no seas un experto en Derecho (o si, no lo se), pero sueles ser bastante coherente en tus intervenciones
Simplemente era una duda que se me había pasado por la cabeza, pero después de esa clase magistral de derecho, me queda absolutamente claro.
Muchas gracias
Anteriormente la doctrina era que la única vía adecuada en estos casos era considerar una modificación de circunstancias que permitía rebajar la pensión al estar disfrutando un tercero de la vivienda propiedad del no custodio. La nueva doctrina es que se puede también solicitar la extinción del derecho de uso otorgado al custodio junto al menor. No considero que sea una sustitución contradictoria, sino que entiendo que podría solicitarse una u otra según interese al no custodio, si ve bien que sigan viviendo sus hijos ahí puede solicitar que se rebaje la pensión, o bien puede pretender recuperar el derecho de uso de la vivienda.
Ahora bien, esto afecta a las medidas paternofiliales en la parte puramente económica (y al derecho a la propiedad), sin que suponga ningún incumplimiento ni ninguna acción ilegítima por parte de ninguna de las dos partes decidan hacer lo que quieran hacer; es plenamente legítimo para el custodio iniciar una nueva relación con otra persona, y es plenamente legítima cualquiera de las dos opciones que tiene el no custodio en ese caso, pero no se apreciaría en ningún caso un perjuicio a priori para el menor ni observo ninguna modificación de circunstancias que justifique la solicitud de cambio del régimen de custodia.
No veo que el hecho de que el progenitor custodio inicie una relacion con una tercera persona, suponga un cambio sustancial en las circunstancias que, en su momento, se tuvieron en cuenta, para otorgarle la custodia.. De hecho, podria ocurrir que la relacion sentimental que tenga el custodio exisitiera aun antes del divorcio. El celibato no esta contemplado por las leyes como una circunstancia a tener en cuenta a la hora de otorgar la custodia de los menores a uno u otro progenitor.
Tal y como yo lo veo, el espiritu de esta sentencia del TS no esta en el "castigo" al progenitor custodio por convivir con una nueva pareja, sino en el respeto a la propiedad del progenitor no custodio, ante la injerencia de un tercero... Esto es, no es que la madre "pierda la vivienda porque se ha echado un novio" sino que, "el padre recobra el derecho a disponer de sus bienes"
Y bueno... a otros comentarios... ilogicos, por llamarlos de alguna manera, no voy a responder, que no estoy aqui para dar clases de Derecho "no hay mas ciego que el que no quiere ver"
Señores, el Derecho de Familia es muy amplio... pero no deja de ser una parte del Derecho Civil, que es aun mas amplio, y, habitualmente, los jueces tienen conocimiento del Ordenamiento Juridico en su conjunto, y asi lo aplican
Buenas noches.Desde mi punto de vista:
Con respecto Raquel1.
Muchas madres custodias,traian en su ruptura,y no generalizo, terceras personas.Lo siento por los/as menores.
A mosca cojonera:
Han cambiado las circunstancias económicas??
La madre custodia querrá dividir los gananciales y recoger dinero,para como dicen,tener derecho a reiniciar su vida.
Con todos los respetos es lo q veo y a un servidor le ha ocurrido.
Un salu2
Anónimo
28/11/2018 19:46
mosca cojonera
Me parece una muy buena pregunta. Algún exsperto que pueda responderla?
Habría otro tema. Si la nueva pareja del custodio entra a vivir a la que ha sido vivienda familiar cuyo propietario (al 50 por ciento o incluso al 100 por cien) es del no custodio ¿no podría el no custodio instar una modificación de medidas, puesto que han variado las circunstancias, y solicitar la custodia y el uso de la vivienda?