1- En enero (de este año 2019, supongo) usted ha concertado un contrato verbal de vivienda sobre la nueva casa. Yo creo que es nuevo contrato porque hay identidad de firmantes -y creo que de renta- pero no de inmueble. En este contrato verbal de alquiler usted tiene derecho a la prórroga forzosa durante tres años, ya que el contrato nace antes de marzo del 2019.
Tal vez podría examinarse si el nacimiento del contrato es posterior a la reforma de marzo, ya que dice usted que tardó tres meses en mudarse, en ese caso se podría defender que la prórroga forzosa cubre cinco años.
Es importante conservar los mensajes, ya que son los que prueban que no estamos en una tácita reconducción del contrato del año 2007, que ha sido alterado, de común acuerdo pero a mi juicio con poco rigor: en este último caso al haberle requerido antes de quince días desde el vencimiento si que podría echarla. Por eso le comento que conserve los mensajes.
2- Materiales en terraza y enchufe estropeado (por la dueña): usted tiene derecho a que se lo arreglen, pero si se niegan tiene que ir a juicio, y no creo que le valga la pena.
3- Exija que al pagar el alquiler le den el correspondiente recibo, si es que no lo hacen. Es importante.
Buenos días. Firme un contrato el 05.10.2007 de alquiler de una vivienda. El contrato en principio se iba a prorrogar hasta los 5 años. Después de los 5 años no firmamos uno nuevo ya que la dueña decía no tener dinero para que le formularan otro contrato así que seguimos así. En enero la hija de la dueña nos pidió que nos mudáramos a una casa que también es de ellos contigua a la mía, ya que ella quería meterse con sus hijos en la nuestra. Le dije que vale y procedimos a mudarnos en la otra. Durante el tiempo de mudanza siempre me presionaba para que lo agilizáramos y de muy malas formas. Tardamos 3 meses en hacer la mudanza porque yo trabajo. Le dijimos que queríamos firmar un nuevo contrato por la nueva casa y empezó a amenazar con que si no nos gustaban las condiciones nos fuéramos. Finalmente dijo que modificáramos el número de la vivienda en el contrato, ya que la calle seguía siendo la misma y que siguiéramos con el contrato hecho en 2007 (tengo pruebas escritas - mensajes). Llevamos 3 meses ahí y la dueña ha empezado con obras en la casa contigua (nuestra antigua vivienda) y sin avisar ha puesto materiales encima del solárium de nuestra vivienda, ha utilizado cosas que nosotros teníamos en nuestra terraza y ha destrozado un enchufe de nuestra casa de la zona de lavado que se comunica con su casa. Le pedimos desde hace un mes que solucionará lo del enchufe porque no podíamos poner lavadoras ahí. Ayer después de mucho insistir lo hicieron, peor mal, saltando La Luz y siendo imposible utilizar ese enchufe por un problema eléctrico. Ellos siguen diciendo que es por mi lavadora pero al enchufarla en otro lado si va. La dueña me ha dicho que exijo demasiado y que no tengo derecho como inquilina a exigir tanto y con tanta actitud. Ahora me dice que le de una dirección porque ya llegados a este punto quiere avisarme mediante abogado que deje la propiedad. Puede hacer esto? En qué condiciones. Si mi contrato fue en octubre de 2007 con la otra vivienda y ha sido modificado el número para esta, puede ella darme un plazo para abandonar la vivienda “porque si”. Mencionó que no hay cláusula de excepcionalidad en el contrato y no se estipula en ningún momento nada de el abandono con antelación de la vivienda por nuestra parte. En qué condiciones y bajo que motivo puede pedir que me vaya? Tendrá que esperar hasta 5 octubre de 2020? O al ser un contrato tan antiguo en cualquier momento y por cualquier razón puede decirme que me vaya? Mencionó que yo insistí en que hagamos un nuevo contrato pero ella no quiso. Igual el alquiler se le paga en efectivo en su domicilio todos los meses