Acabo de firmar un contrato de alquiler y le he comentado al propietario que la cerradura la voy a cambiar por seguridad propia. Me ha dicho que no tiene problemas, que le parece bien, pero que ella quiere una copia de la llave.
Yo le he dicho que no, simplemente porque la cerradura la cambio principalmente por seguridad y si se la doy a ella, que yo no la conozco de nada, pues es una tonteria. Para eso no la cambio. Hemos quedado en que ella lo consultaria con un amigo que por lo visto es mas entendido.
Quiero saber que opciones tengo. Y si es legal que ella tenga una llave, si esta en su derecho tenerla o no.
Guarde el bombin antiguo y haga saber a la dueña que a la finalización del arrendamiento volverá a estar instalado. El inquilino no tiene obligación de compartir la posesión de la vivienda con el casero.
Es lo que tengo pensado hacer y lo hare asi. Pero quiero saber que por ley tengo derecho a hacerlo, para poder darle una explicacion coherente y legal al propietario.
El fundamento jurídico que busca puede encontrarlo en el art. 18.2 de la Constitución Española, a cuyo tenor:
"El domicilio es inviolable. Ninguna entrada o registro podrá hacerse en él sin consentimiento del titular o resolución judicial, salvo en caso de flagrante delito."
Si no puede entrar ni la policía, tanto menos podrá su casero.
Cualquier empresa de seguridad del hogar, recomienda a un nuevo inquilino, a hacer el cambio de cilindro o bombín, como medida de seguridad, al empezar a ocupar una vivienda arrendada.