Hola, estoy llevando el caso de unos defectos en una obra. La parte contraria reclama por monitorio cantidades pendientes de pago a mi cliente, que no abona por considerar que la obra está mal ejecutada y le ha ocasionado perjuicios que debe reparar. Para nuestra contestación es fundamental un informe pericial que fundamente nuestras alegaciones. Se ha encargado el informe al aparejador que fue director de la ejecución de esa obra. Transcurrido el plazo para contestar a la demanda, necesito ese informe y no me lo ha hecho. ¿Puedo presentar el informe con posterioridad a la contestación teniendo en cuenta que lo necesito para reconvenir? ¿Si no lo aporto en la contestación al monitorio, lo puedo presentar a la demanda que posteriormente se interponga?