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El inquilino no nos devuelve las llaves.

3 Comentarios
 
28/01/2020 16:45
jmym
Estoy plenamente conforme con la respuesta deada por Leonjbr.
28/01/2020 13:24
jmym
Intachable respuesta de leonjbr. Nada más que añadir.
28/01/2020 12:42
jmym
1.- En cuanto a las llaves: por el texto de la consulta deduzco que ud. tiene llaves. Si es así no puede descontar el importe de un cambio de bombín, ya que si ud. tiene llaves puede entrar. Y si me dice que es por motivos de seguridad tampoco parece un buen argumento, ya que el inquilino siempre ha podido hacer una segunda copia de las llaves y entregales la que ud. estan esperando pero mantener la posibilidad de volver a entrar en la vivienda cuando quiera. Por tanto, si lo que le preocupa es la seguridad deberá cambiar el bombín pero a su costa.
2.- En cuanto a la fianza tiene ud. el deber de devolver el importe independientemente de que el IVIMA se lo haya pagado a ud. o no. Y la razón es que quien percibe la fianza es ud. no el IVIMA. Ud. simplemente deposita la fianza en el IVIMA, pero el IVIMA no es quien tiene el derecho de cobrarse de esa fianza si algo va nal. Por lo tanto devuelva el importe de la fianza y ya le pagará el IVIMA a ud.
El inquilino no nos devuelve las llaves.
28/01/2020 12:00
Teniamos un piso alquilado. Con fecha 02 de noviembre, el inquilino nos comunicó que dejaría el piso el dia 30. Con fecha 30 firmamos la entrega de llaves de conformidad, pero dado que se había llevado las lamparas (según él por error de la empresa de mudanza) se quedó con un juego de llaves.
Hace una semana colocó las lamparas que faltaban (entrando con el juego de llaves que tiene, hecho que ha confirmado por escritos por wassap), pero ahora no nos quiere devolver las llaves. Desconocemos el motivo, aunque "intuimos" que es porque todavia no le hemos devuelto la fianza. La fianza no se le ha devuelto porque todavia no la hemos recibido del IVIMA. La fianza estaba a nombre de una persona que ha fallecido, y aunque hemos entregado al IVIMA la documentación acreditativa de los herederos, todavia no la ha puesto a nombre de los herederos, para su posterior abono en nuestra cuenta. Por lo tanto, no podemos devolver algo que no tenemos. El inquilino lo sabe, ya que se lo hemos explicado por wassap y argumenta que tenemos que devolversela, poniendo el dinero de nuestro bolsillo. Nuestra logica es que no podemos devolver algo que no tenemos, ya que hicimos de meros intermediarios. Supongamos que un chico de reparto entrega una mercancia que resulta defectuosa ¿se reclamara al chico, o a la empresa fabricante?. Pues eso fuimos nosotros, los chicos del reparto, al hacer de meros intermediarios de la fianza recibido del inquilino y entregada en el IVIMA.
Como ven les planteamos dos preguntas: ¿que hacemos con las llaves que no nos quiere devolver? Habiamos pensado cambiarlas y descontarle el coste del importe que recibamos de la fianza, aunque no sabemos si eso sería ortodoxo.
Y la segunda pregunta es sobre la Fianza. Si la recibimos y todavia no nos ha devuelto las llaves ¿tenemos que ingresarsela, o podemos descontar el coste de una cerradura nueva?