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El incentivo es absorbible ?

4 Comentarios
 
16/04/2011 00:17
Gracias, Archilla
El empresario ha aplicado a lo largo del tiempo el ... DIVIDE Y VENCERÁS y está teniendo sus frutos y más en los tiempos que corren ...
Nadie se atreve a decir ni pío ni a hacer nada de nada.
Cada uno (algunos más que otros) se negocia su 'propio convenio privado' con el peloteo o el rastreo.
No se leyeron el anterior convenio y menos el nuevo. No quieren saber, porque está mal visto por el Patrón.
En las últimas elecciones sindicales, la Empresa presentó a 'su trabajador'. Obviamente salió elegido.

Deduzco, por otros posts que he ido leyendo, que el Incentivo debe estar asimilado al plus voluntario y, por tanto, absorbible.

Muchas gracias y que os/nos vaya todo lo mejor posible.
14/04/2011 19:48
no conozco el ambito exacto de aplicacion de esos convenios... los iento.
pero lo que no se puede hacer es picar como los pollos, que el empresario coja de un convenio lo que le convenga.
Si ahora estais mejor encuadrdos, mejor, y si el convenio tiene mejoras, pues mucho mejor, pero se debe aplicar en un TODO, no lo que quiera.
Veo dos caminos:
- por un lado elegiros representacion de personal, en funcion del nº que seais. eso de que el "jefe no deja" es porque realmente no os lo habeis propuesto, vaya si deja (lo llevais en el maximo secreto y que un sindicato os lo organice, para tener la cierta inmunidad de los posibles candidatos)
- por otro lado, revisar economicamente las cantidades que os va "tangando" y cuando vuestra paciencia llegue a un limite planteais reclamacion de cantidad

suerte
14/04/2011 01:44
Archilla, antetodo, gracias x tu interés.

Si, el cambio fue sorpresivo. Hasta Feb 2011 estábamos acogidos al de Consignatarios de buques de la provincia de Barcelona y de repente, el Empresario, fue diciendo a boleo que las nóminas de Marzo se estaban modificando en base al nuevo Convenio de Transitarias y Transporte de la provincia de Barcelona, firmado el 9 de Nov. de 2010, con vigencia retroactiva del 01/01/2010 y caducidad el 31 de Dic de 2012.
No hay, ni permiten representación sindical. (El Administrador toma este poder y hace y deshace a su antojo), En el nuevo convenio hay varias mejoras, como una bolsa de vacaciones, pago único, de 400 €uros que no nos dan. La correspondiente al 2011 de 450 Euros, ha decidido obviarla y ha tomado la de los 400 €ruos para el 2011, pero prorrateándola en 16 pagas, pero empezando a incluir esta prorrata en la nómina del mes de Marzo (se pierde la parte proporcional de enero, feb y paga de marzo. Y así más y más cosas. Toma lo que le interesa y obvia lo que le da la gana y su lema ... a ver quien es el guapo que se atreve a demandar.

El cambio de Convenio es razonable por la actividad de la Empresa, pero como hasta ahora no ha existido el de Transitarios, estábamos acogidos al de la Empresa Madre, Consignatarios y, a su vez, el de Consignatarios, anteriormente procedía del de Estibadors i Consignataris de la provincia de Barcelona, pero nos separamos (para nuestra desgracia). Ahora Estibadores tiene su mega convenio, Consignatarios el suyo y en el de Transitarios también se han adicionado los del Convenio de Agentes de Aduanas que había quedado obsoleto desde hace un par de años, aprox.

Archilla, gracias por preguntar, por tu interés.

Saludos y buenans noches
14/04/11 01 hs 43'



14/04/2011 00:19
así es, son equivalentes, en otras empresas le llaman MEJORA VOLUNTARIA

Por cierto ¿qué es eso de "que nos han cambiado de Convenio_? ¿de cual a cual?
¿sabes la causa?
El incentivo es absorbible ?
13/04/2011 20:43
Buenas tardes,

Tengo la duda de si el concepto INCENTIVO es asimilado al de PLUS VOLUNTARIO.

En nómina tengo desde hace años el concepto de INCENTIVO con XX €uros y este incentivo es considerado en todas las pagas extras.
Los aumentos de IPC u otros importes marcados por convenio que aumentaban el salario base y antigüedad, eran compensados reduciéndolo del incentivo ( si queda incentivo )

Recientemente, nos han cambiado de Convenio y en el nuevo solo aparece el concepto de PLUS VOLUNTARIO.

Dice ..... :

COMPENSACIÓN Y ABSORCIÓN:
El plus voluntario podrá ser compensable y absorbible.
GRATIFICACIONES EXTRAORDINARIAS:
Para la determinación de estas pagas extraordinarias se han de tener en cuenta el salario base, la antigüedad y, si lo hubiere, plus voluntario o análogo que viniera percibiendo el trabajador, excluyéndose cualquier otro tipo de retribución salarial o extrasalarial.

Supongo que el análogo al Plus Voluntario es el Incentivo y, por tanto, absorbible por los aumentos en los demás conceptos. Es así ?

Muchas gracias