Hola,no estoy segura de si esta es la seccion que toca..
Hace tres años que le compre a mi ex la parte del piso que compramos en conjunto. Y ahora me acabo de dar cuenta de que sigue viniendo el ivi a su nombre y no al mio.
Yo estaba que con la cancelacion de hipoteca y una extincion de condominio para la compra venta que hicimos ya estaba todo resuelto. ya que fui tb al registro de propiedad, pense yo que para hacer como una escritura . Entonces ya no se si ha sido un error del registro ,o que el condominio no exime de hacer una escritura aparte.
Tengo que ir al registro y decir que cambien el nombre ? Me cobraran aparte por hacer el cambio si ha sido error de ellos? Si yo quiero vender el piso me vale con esa extincion o tendria que hacer una escritura con el consiguiente gasto?
Lo cierto es que creí de lo que me dijo mi ex y me aseguro que el hacer lo del condominio era para pagar menos impuestos, pero que equivalia a una escritura. No es asi? Gracias y un saludo
Mejor que lo plantees en el foro de Derecho Civil, pero asi, por lo que cuentas, saco la impresion de que no hicisteis escritura de compraventa en una notaria, y por tanto, no has podido inscribir la propiedad en el Registro solo a tu nombre, ni el notario ha comunicado al Catastro el cambio de titularidad
Hola mareta, yo fui al ayuntamiento con las escritura original y la extinción de gananciales, donde se indicaba que la vivienda ahora era mía, con eso tuve suficiente.
la disolución del condominio y la modificación de la titularidad en el RP no tiene nada que ver con el IBI. El IBI es el impuesto que grava la propiedad, y lo gestionan los ayuntamientos. Viene a nombre de tu ex aún porque el ayto no ha actualizado los datos. Bien porque no haya consultado el catastro, bien porque no se haya actualizado tampoco el catastro, bien porque sabiendo que ha habido modificación, giran el IBI a nombre de los dos para asegurarse el pago.
Lo que debes hacer es acudir al ayuntamiento con la copia de la escritura (aunque una nota simple del registro actualizada también te sirve) y solicitas el cambio en el obligado al impuesto.