Hola Xenanavarra, la pensión de alimentos recogida en convenio regulador o sentencia es de obligado cumplimiento hasta que otra resolución judicial o un cambio de circunstancias tales como que el hijo haya alcanzado la mayoría de edad, ya no conviva contigo, trabaje, etc. extinga la necesidad de abonar esos alimentos. En tu caso es menor y, además, convive contigo, en consecuencia la pensión no se puede extinguir de manera voluntaria por parte de la madre.
Tienes un plazo de cinco años para reclamar la ejecución de la sentencia en la vía civil y, de esa manera, recuperar la totalidad de lo debido en esos años mediante el embargo de los bienes de la madre.
También puedes acudir a la vía penal basándote en lo dispuesto en el artículo 227 del Código penal. Recuperarías las mensualidades y, además, sería condenada, en su caso, a la pena de prisión de 3 meses a 1 año o a la de multa de 6 a 24 meses.
Saludos,
El hijo no quiere verla y ella ha dejado de pasar la pensión
Buenas tardes, la madre de mi hijo lleva 4 años sin preocuparse de él. Un día recibimos un correo k no quería verlo de momento hasta nuevo aviso, tardó 2 años en decidirse volver a verle y xk el crío se lo pidió, tenía 13 años. Los dos siguiente años, lo ha visto cuando ella podía, según decía trabajaba y no podía estar con él, hasta un mes se pasan sin verlo. Ahora después de 2 años aguantando lo que ella quería, el crío que ahora tiene 17 años, ha decidido no verla xk le está haciendo daño con su comportamiento.
Ahora ha dejado de pasar la pensión.
Tengo que esperar algún tiempo para denunciarla y que me hagan caso? O puedo denunciarla desde el primer mes que deja de pagar?
Puede dejar de pagar porque el hijo no quiera verla?
Muchas gracias