hola por favor apreciados foreros me podeis informar si el estracto bancario de una comunidad de propietarios estan protegidos por la agencia de protecion de datos? solicite verlos en la cita que me dieron para revisar los gastos de mi comunidad y me los an negado aduciendo que son datos privados.
La entidad bancaria no los puede facilitar sino a los autorizados en la cuenta corriente, pero el Administrador en la revisión anual de gastos para ser aprobados en Junta General, no se los puede negar a cualquier propietario que lo solicite.
La única solución, es votar en Junta contra de la aprobación de las cuentas, manifestando el motivo y despues impugnar. En el juzgado tendrán que presentarlo.
Salvvall. gracias por responder. Acriton. yo pedi cita al presidente y administrador conjuntamente y me la dieron para el jueves 28 de febrero. a tal fin me presente con 2 vecinas ( una de ella contable y administrativa) pues bien de todo lo que solicité me mostraron la mitad. a todo eso en la reunion ademas del presidente y el administrador esta su mujer que es secretaria en su oficina su hijo la novia de su hijo y 2 vocales que cuando yo solicitaba algun documento me sacaban burla y me desmentian temas de importancia comprobados en la comunidad por ejemplo en los gastos quieren cobrar 3 meses de socorrista de la piscina y solo estuvo un mes. tb me dijeron que en el estracto bancario no estan todos los datos porque dicen que hay propietarios que pagan en efectivo. yo eso no me lo creo porque pagamos por banco tb tenian algunos cheques pero no quisieron decir de que viviendas eran ( ellos tienen de 20 a 30 apartamentos en propiedad en esta finca la finca es muy grande son 400 apartamentos con diferentes coheficienttes mas garage y locales comerciales. no veo claridad en las cuentas me mostraron 4 cromos no hay manera de saber si ellos cubren sus propiedades los presidentes siempre son nombrados a dedo. por lo cual es la pescadilla que se muerde la cola asi que aré lo que usted me dice Acriton votaré en contra no estoy convencida. gracias
EL ADMINISTRADOR NO TIENE LA OBLIGACIÓN DE RENDIR CUENTAS FRENTE A UN ÚNICO PROPIETARIO.
[Jurisprudencia]
La Audiencia Provincial de Málaga en sentencia del 27-02-2007 entendió que el Administrador de Fincas no esta obligado a rendir cuentas frente a un único propietario fundamentando que el Administrador "(...) es un órgano que responde únicamente frente a la junta de propietarios y ante la cual debe rendir cuentas de su gestión, en los términos establecidos en el artículo 20 de la Ley de Propiedad Horizontal , no siendo en ningún caso responsable frente a los distintos propietarios, ni tampoco está obligado, de forma individual con cada uno de ellos, a rendirles cuentas de su gestión. Sentado lo anterior, esto no debe llevar al absurdo de que si un propietario solicita del administrador algún tipo de información sobre alguna cuestión relativa a la comunidad que de forma concreta le afecte, por ejemplo, si adeuda o no alguna cuota comunitaria, éste pueda negarse de forma absoluta a dar tal información. Pero una cosa es facilitar una concreta información a los propietarios que lo soliciten y, otra cosa distinta es estar obligado a facilitar la totalidad de la documentación contable de la Comunidad o realizar una rendición de cuentas privada frente un único propietario... "
pasacero graacias por responder. pero yo ahora me ago una pregunta si el presidente vive en otro pais y solo viene 3 veces al año a quien recurro si quiero verificar la relacion de gastos que el administrador entrega buzoneando a cada propietario y echas por ordenador? como compruebo esa informacion no entiendo nada......
por cierto en las ojas que manda él dice que el propietario que desee comprobar los gastos que se pase por su oficina y se le dará informacion. el administrador me confirmó la cita y estando en su oficina llegó el presidente y se sentó en un rincon de la mesa ( no habla nnada de español) ya me dirá como me dirijo a él.
el dia 8 de marzo de 2013 y despues de mas de 20 años que soy propietaria de una vivienda en la finca que vivo. asisti a la J.G.O y me enteré de que el constructor de la finca con la complicidad del administrador puesto a dedo por el constructor y que lleva 20 años sin informar de nada a la comunidad no paga la cuota de comunidad de sus muchas propiedades que tiene en la finca. pero no contento con ello resulta que ademas de nuestras cuotas a este señor tb se le paga la contribucion de sus propiedades. y todo esto lo he sabido ahora porque el constructor esta empeñado en que le tenemos que comprar una servidumbre de paso que da acceso a unos wungalos que hay cerca del solarium de la piscina. a los 2 bloques de viviendas no nos perjudica para nada tenemos 3 3ntradas de acceso sin tener que pasar por esa servidumbre. resulta que el administrador nos dijo qué si comprabamos esos metros nos bajaria la cuota de comunidad ya que el constructor a partir de comprarle esa servidumbre comenzaria a pagar sus gastos como copropietario. de lo contrario como no puede edificar esa zona por estar cerca de los wungalos y les taparia la luz nos amenaza con que van a colocar unas rejas movibles que seguramente la suciedad que acumularia ese cerramiento nos causarian molestias a los que viven cerca o toman el sol en la piscina. yo me pregunto si el administrador nos a estado ocultando durante 20 años esos datos tan importantes quien nos asegura que él paga las cuotas de sus propiedades que son muchas las cuales a ido adquiriendo por medio de embargos a propietarios que les era imposible pagar las altisimas cuotas de comunidad. no nos permite ver el estracto bancario en una auditoria que le hizo el juzgado ocultó el verdadero numero de viviendas ( yo supongo que seran las viviendas que no cotizan) ademas nos medio amenaza para que compremos un trozo de terraza que a la mayoria de propietarios no nos interesa porque dan acceso a 10 wungalos que yo supongo que sin esa servidunmbre no le abrian dado permiso para edificar. en resumen señ@res como nos podemos defender de tales golferias y opacidad en una finca grande?
se me olvida un dato. yo pregunté si ese acuerdo de que el constructor tuviese esos beneficios a cambio de la servidumbre se avia aprobado en junta y por escrito y el señor me dijo que fué un acuerdo tacito y berbal que no existe documento escrito. tb le pregunté de que cantidades economicas se hablaba ya que son muchas las propiedades que posee este señor en la finca pero no me respondió a cambio nos dice qué tenemos que comprar o alquilqilar si o si. a mi me causa extrañeza lo de alquilar puesto que ya se le esta pagando un canon. el administrador me contestó que si alquilamos entonces el acuerdo se aria legal y con documentos. a lo cual yo le pregunté entonces ese acuerdo tácito y que no consta en acta no es legal y supongo que se le a estado timando a la comunidad una gran cantidad de dinero porque usted no me contesta la cifra real que el constructor esta dejando de pagar mas la cifra real de la contribucion que se le paga sin que los propietarios no lo supiesemos y que lo an estado aciendo segun él durante 30 años. quisiera saber si esto se puede denunciar? la junta esta grabada.
Mayi, sinceramente esa comunidad que nos estás describiendo, es un auténtico CAOS.
Te aconsejo poner en venta, y marcharte a un apartamento de alquiler, vas a ganar en salud, y no regalarás dinero a tanto sinvergüenza.
Las denuncias son muy complicadas, ya que no puedes acudir al juzgado sin pruebas. Tu palabra al juez no le dice nada, por mucha razón que tengas.
Y respecto a la grabación, está tiene que ser legal.
El sistema de videograbación es la única manera de tener constancia grabada y, por tanto, una prueba visual de lo que ocurrió en el desarrollo de una junta. Si un propietario solicita la grabación de la junta, este punto deberá incluirse en el orden del día de la reunión y aprobarse por mayoría simple. Adoptado el acuerdo, la grabación puede ser realizada por cualquiera de los propietarios y no sólo por el solicitante. También el acuerdo tomado en junta obliga a todos los propietarios, incluidos los disidentes, ya que no quedan afectados derechos particulares.
Asimismo, el acuerdo por el que se autoriza la grabación sólo es válido para la junta en concreto y no para las posteriores salvo que se disponga lo contrario. Debe hacerse constar en acta que el uso del propietario en cuestión se restringe a efectos judiciales y que la grabación no exime a la Junta Rectora de redactar el acta. Debe tenerse en cuenta que también es preciso llegar a un acuerdo para instalar los dispositivos de videograbación, que al ser un servicio de interés general requiere un cuórum de las 3/5 partes de los propietarios y cuotas de participación.
Pero, ¿existen límites de uso y distribución de las grabaciones? Como es lógico, en el acuerdo la comunidad deberá reflejar el objeto de grabación, constituyendo un medio de resolución de dudas que puedan plantearse en la redacción del acta o como prueba fehaciente en un procedimiento judicial. No obstante, bajo ningún concepto se expedirán copias de la grabación, no pudiéndose distribuir tampoco entre los propietarios, pues su uso queda limitado a lo establecido en la Ley Orgánica de Protección de Datos.
pasacero. gracias por responder. desgraciadamente aunque quisiera no puedo vender y marcharme. ahora la venta esta estancada y mucha gente no quiere comprar aqui en esta finca aunque sus instalaciones y ubicacion son preciosas ( en mi caso con vistas al mar y la piscina) esto es un pueblo y el administrador tiene muy mala fama. por otro lado tengo mi apartamento completamente pagado lo cual es un respiro para una pensionista como yo que no llego ni a 500€ al mes aunque mi hija y mi yerno me la complementan con 200€ mas pago la comunidad con las dos pagas extras que tengo al año y si tengo problema para pagar lo hace mi hija el problema es como podemos defendernos de tanto desalmado que se enriquece robando a los pobres sin que la justicia nos ampare. ya los e denunciado en varias ocasiones tendo 2 juicios pendientes con asistencia juridica gratuita y otro juicio que no se llevó a cabo porque la abogada de oficio me engañó haciendome firmar una renuncia que no lei porque cinfié en ella y por lo que se vé le devieron de hacer un buen regalito. porque el segundo juicio yo misma pedi que se suspendiera hasta que me cambiasen de abogada ( cosa que no consegui) aunque la expedientaron porque me llamó por telefono con coacciones de que debia volver a renunciar ya que segun ella la parte contraria que se avia puesto en contacto con ella le avian comunicado que ivamos a perder la causa porque ellos tenian mucho dinero y buenos abogados. la señora cuando le comuniqué que no volveria a caer en la misma trampa que se inventase otro modo de engañarme se puso muy furiosa deduzco que tb le debieron ofrecer un buen regalito. esta es la españa que tenemos llena de granujas amparados por una justicia lenta y opaca en la que los pobres no tenemos cabida y mucho menos si somos mayores pobres y analfabetos como yo.
por cierto desde que le impugno los gastos y presupuestos a ido rebajando la cuota de comunidad en 4 años a mi me a rebajado hasta 300€ al año. mi apartamento es el de menor coheficiente a los de mayor coheficiente la rebaja llega hasta casi 600€ al año en total desde que les toco un poquito las narices an devuelto a la comunidad mas de 200.000€ segun él se a dado cuenta de que se avian sobre calculado los presupuestos.