Los beneficiarios del IMV tienen la obligación de presentar la declaración del IRPF del año n-1. Luego, en noviembre del año n (el presente) la Seguridad Social consulta a la Agencia Tributaria sobre los ingresos de los beneficiarios durante el presente ejercicio. Si en noviembre del año n el beneficiario ha tenido unas rentas que han sobrepasado la cuantía del IMV, la Seguridad Social le pide al beneficiario todas las mensualidades abonadas durante de ese ejercicio.
Resulta que el Gobierno de España, CC.AA. y ayuntamientos abren líneas de ayudas a los pobres del país, a sabiendas de que si los pobres cobran esas ayudas las tendrán que devolver por el exceso de rentas respecto a las cuantías del IMV. He leído que si se devuelve el exceso del IMV a plazos, el recargo es... del 20%
¿No es esto un fraude? Ante un recurso de oposición a la reclamación de rentas de IMV indebidas, ¿qué se puede argumentar para que la Seguridad Social renuncie (archive el expediente) a dicha devolución?
El agujero del IMV por estos 'excesos de pagos' asciende a 12.000 millones de €uros.