Los extractos bancarios son un medio de prueba, pero mejor será que te haga una certificación el banco con el histórico de movimientos de la cuenta antes del matrimonio. Y para el futuro, cada vez que aportes una cantidad privativa a la cuenta común o al revés, pide que el banco te certifique la operación y si quedan constancia en el banco de los ingresos, quién lo realiza. Eso si, lo que te advierten es así, pero yo añado que muchos jueces son de letras, y como tengas confusión en el dinero privativo y el ganancial te pueden salir rosarios en sentencia, amén de que como no tengas la suerte de que te toque un juez que se moleste en revisar los movimientos ... lo mismo, te va a salir rosario, cilicio y corona de espinas. Puedes hablar con cualquier notario de Madrid para firmar un sábado, sólo tienes que acordarlo con él.
Todo bien sera considerado perteneciente a la sociedad de gananciales salvo prueba en contrario y le aseguro a Ud que probar que el dinero es privativo...............
Blanco y en botella
lo del notario es ¡¡¡por que no tengo tiempo!!! cuestiones de trabajo... salvo que me digais uno que trabaje en madrid los sabados por la mañana. y el sabado que yo le diga, claro...
esto es lo que me dicen en otro foro ¿me lo podeis confirmar?
solo tengo una duda ¿la nómina la domiciliaría en la cuenta común o en la mia?
"No es tan sencillo.
Según mi opinión, debes tener cuidado con la confusión de ese dinero con el ganancial. Ello es así a efectos de probar posteriormente qué dinero es privativo y cuál es ganancial. Si ese dinero se mezcla con el ganancial, bien porque la cuenta sea de caracter indistinto de los dos futuros cóyuges, o porque se hagan aportaciones de dinero ganancial en esa cuenta, cuyo dinero originario era exclusivamente privativo, durante matrimonio, en el supuesto de una liquidación de la sociedad de gananciales, (espero que no ocurra), te sería difícil probar su carácter privativo final (el extracto bancario te serviría en el origen, pero no en el destino final). Como te dice Eva, es fácil hacerlo al momento de la celebración del matrimonio, pero no te será tan fácil en el hipotético caso de crisis matrimonial.
Mi consejo es que ese dinero lo tengas en una cuenta independiente y a tu nombre, o bien lo inviertas (sus frutos sí serán gananciales). Si luego te es necesario utilizarlo para la compra de cualquier bien ganancial, haz constar indubitativamente el pago de ese dinero y de esa cuenta para que (insisto, hipotéticamente) se hagan las oportunas compensaciones de saldo en la liquidación de la sociedad de gananciales.
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¿Por qué no le parece justo otorgar capitulaciones matrimoniales para tener separación de bienes?. En principio eso no tiene que afectar en absoluto a su convivencia y cada cónyuge sigue obligado a contribuir a las cargas del matrimonio en proporción a su caudal.
Ante sus preocupaciones lo mejor es ir al notario, no es nada caro.
"Porque si no preparas un acuerdo bien redactado por un buen abogado; colocas tus fondos (por ejemplo) en acciones que no toques durante el matrimonio (o un solar...) y especificando claramente en el acuerdo que las acciones o el solar son privativos con independencia de que aumenten o dismunuya su valor en el momento del divorcio; y, pasas el acuerdo por el notario...
...el juez no le dará gran valor, el dinero de esas cuentas ya se habrá gastado, devaluado, invertido o pasado a otras cuentas que se presumen gananciales...
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no quiero invertir en acciones ni en nada inmobiliario (como mucho letrras del tesoro). las cuentas ya las tengo, estan a mi nombre, y el dinero no va a estar en otras cuentas.
ante esta situación ¿vale con estractos bancarios? si vale con esto no tiene sentido hacer más. quiero gananciales pq me parece justo, sin embargo solo me preocupa un posible divorcio en pocos años (no tenemos pq llevarnos bien, uno de los dos puede conocer a alguien, mil cosas). ademá no estamos hablando de 120000 euros, es cuestion de no quedarme en pelot**s en caso de divorcio al año siguiente.
Lo más sensato es hacer caso a lo que le recoméndó ferro. El notario no es tan caro como piensa y se evitará problemas en el futuro. Como ferro, también le recomiendo la separación de bienes.
En relación a lo que dice Herencias y seguros.
Si un dinero privativo, pasa a estar durante varios años (aprox. 10 años) en una cuenta común. Podría argumentarse de alguna manera que se ha modificado su naturaleza de privativa a ganancial por voluntad de los cónyuges. O no te parece argumento suficiente ?
Porque si no preparas un acuerdo bien redactado por un buen abogado; colocas tus fondos (por ejemplo) en acciones que no toques durante el matrimonio (o un solar...) y especificando claramente en el acuerdo que las acciones o el solar son privativos con independencia de que aumenten o dismunuya su valor en el momento del divorcio; y, pasas el acuerdo por el notario...
...el juez no le dará gran valor, el dinero de esas cuentas ya se habrá gastado, devaluado, invertido o pasado a otras cuentas que se presumen gananciales...
(No te diría esxactamente lo mismo si te casases en separación de bienes.)
En fin, que haces las cosas bien o mejor no molestarse en hacer nada.
Muy sencillo antes de casarse acudan a un notario con un documento en el que se diga que cantidad de dinero es de cada uno y en donde esta depositado ( o si son acciones etc)
Se reconocen Ud mutuamente el caracter privativocon fehaciencia.
Tengan encuenta que la sociedad de gananciales sera la titular de todos los reditos y beneficios que este capìtal reporte.
Personalmente les recomiendo la separacion de bienes. Acudan a un letrado que les informe con detalle
Lucidez y suerte
¿el dinero ahorrado antes del matrimonio es un bien privativo?
hola, me caso dentro de un mes (en guadalajara) y queremos hacerlo por bienes gananciales. cada uno tenemos un dinero ahorrado en sus respectivas cuentas. En caso de divorcio, ¿este dinero es de cada uno? es decir un bien privativo, ¿por haberse ahorrado antes del matrimonio? ¿Que hay que hacer para demostrarlo en caso de un hipotetico divorcio futuro?