Si es objetivo no es improcedente. Improcedente es cuando no hay motivo para el despido.
Si la empresa está en proceso de cierre, la indemnización es de 20 días por año trabajado con un máximo de 12 mensualidades.
Respecto al preaviso en este caso, la empresa está obligada expresamente a entregar una copia del escrito de preaviso a los representantes legales de los trabajadores para su conocimiento. Si no le preavisan con 15 días deberán abonarle los días que resten del preaviso.
¿el despido objetivo puede ser improcedente? indemnización
,Hola a todos.
Os cuento cuál es la situación:
Han despedido a todo el personal de mi empresa, y solo quedo yo,por lo que quiero estar informada para cuando me entreguen el finiquito. El despido que están alegando es objetivo, por causas económicas y de la producción,por lo que creo que corresponde de indemnizacion 20 días por año trabajado. Si no se comunica con 15 días de antelación, ¿sería improcedente? Si es así, ¿cuánto correspondería de indemnización?
Ruego me responda alguien lo antes posible,no vaya a ser que me despidan en estos días y el finiquito que me den no sea el que deberías.