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el cumplimiento de sentencia

10 Comentarios
 
El cumplimiento de sentencia
perfil MT
03/04/2007 02:53
Mi ex que se ha prometido incapacitarme, hace lo que le da la gana.
Ha de abandonar la vivienda como consecuencia de sentencia definitiva del mes de abril del 2006, pero no abandona la vivienda ni siquiera habiendo recibido la sentencia ejecutoria con fecha del 17de enero pasado que dice:"......A tal fin transcurrido el plazo de unmes,pongase en posesión al ejecutante del inmueble.Se autoriza a la Comisión Judicial para el caso de que sea necesario, por encontrarse encerrado el inmueble, o no consentirse la entrada, a que se lleve a cabo la misma, adoptando lasmedidas que fueren necesarias, recabando, incluso ,el auxilio de la fuerza pública".
Bien pasado un mes acudí a la Policia para que se cumpliera la sentencia y ésta me dice que he de solicitar otra sentencia ejecutoria. Al parecer ha sido de nuevo entregada,pero ahora viene el ex con sus conocidasmentiras y alega que no tiene trabajo y no puede permitire el lujo de pagar un alquiler.
He expuesto mi caso en el Foro "Familia" , pero parece que no me contestan adecadamente.

Es porlo que ruego a los expertos de lo penal, me aconsejen, ya que mencionado señor tiene la facilidad innata de hacer mi existencia imposible.
03/04/2007 12:42
Sencillamente debe solicitar la ejecución de la mencionada sentencia.
perfil MT
03/04/2007 16:57
Gracias por su contestación, Pero perdone mi insistencia, ¿A dónde he de acudir para solicitar la ejecución de la sentencia?
Con la Ejectoria en mano acudí al puesto de la Policía Local, quien me dice que habrïa que echarle a la fuerza y que para ello necesitan otra sentencia que lo diga expresamente.
Yo entiendo que la Ejecutoria de la que dispongo ya menciona el uso de la fuerza pública si fuera necesario.
¿Es que no quieren que mi ex= su amigo se vaya de la casa y me están engañando todos?
Les ruego respuesta
04/04/2007 10:11
Vd ha obtenido sentencia, en los autos debe de estar personado por medio de Procurador y con Abogado, por lo que ahora, transcurrido un plazo prudencial para que el condenado cumpla, debe instarse la ejecución de la sentencia con Abogado y Procurador.
04/04/2007 20:26
Eso es. La ejecución se solicita ante el juzgado con abogado y procurador. No en la comandancia de la guardia civil. Hable con su abogado. Saludillos.
perfil MT
05/04/2007 08:20
Estimados Letrados: Pero si ya solicité y la tengo en mi poder desde el 17 de enero.
Incluso meniono textuamente parte de su contenido como pueden comprobar en mi consulta.
05/04/2007 10:11
Efectivamente, MT, parece que ya solicitó usted la ejecución. Consulte con su abogado porque, si no se ha dado cuenta de lo acordado por el Tribunal, deberá porcederse a impulsar la misma la ejecución, lo que quiere decir que, en la práctica, se ha de señalar día y hora para el lanzamiento, acudiendo la comisión judicial al lugar para proceder al desalojo.
05/04/2007 19:37
Dios mio, un lanzamiento ... buen aterrizaje. :-)
05/04/2007 20:24
Reclame que se proceda a ejecutar dicha Sentencia al Juzgado que conoció del proceso y ello a través de su abogado y procurador.
05/04/2007 20:59
kay, al parecer el abogado y procurador ya habrian solicitado la ejecucion de sentencia, por lo que indica el consultante.
08/04/2007 23:47
que cosa mas rara.