Existe dicho contrato mercantil una vez el interesado ha sido asignado el abogado de oficio por el respectivo colegio de abogados, o se nace formalmente con la firma del apud acta?
Por ejemplo, ¿antes de que se firme el apud acta, puede el interesado solicitar la orientación y asesoramiento del abogado (de oficio) asignado?
Mi caso es que hace 3 meses envié la documentación de mi caso (sentencia, etc) al abogado de oficio que me han asignado el colegio de abogados, pero se niega a dar una orientación sobre el caso. No se si tiene algo que ver con este apud acta, que según el letrado, tiene que firmarse..
Me extraña la pregunta, pues como abogado de oficio personalmente no firmo ningún contrato mercantil con mis clientes (y el apud-acta refleja la representación del procurador respecto al cliente, que en caso de oficio no es necesaria pues viene designado), y les atiendo desde que estoy designado.
A me asignaron un abogado pero no un procurador, que he intentado solicitar siguiendo instrucciones del abogado, pero sin éxito puesto que luego me informaron que solamente lo puede hacer el abogado.
El comentario del abogado es que no me puede orientar, asesorar y representar hasta que se firme el apud acta (no dice que tiene que ver con un procurador).
El abogado me ha comentado que el juez/la jueza va a entender que no me interesa seguir con la demanda y archivar el caso si no firmo el apud acta. No me ha explicado mas al respecto.
Puesto que la sentencia es firme (mayo de 2019), no entiendo bien como es posible 'archivar' el caso, pero ante todo lo anterior quisiera saber la relevancia del apud acta para todo esto.