me gustaría que alguien me aclarara el concepto "nominal" en el derecho administrativo, ¿es imprescindible que una reivindicación que afecta a un mismo colectivo sea reivindicada a nivel nominal, aun tratandose de una función de dicho colectivo con la misma categoría,escala,nivel retributivo etc como exige el empleo público? gracias.