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El catastro no ha actualizado los datos

6 Comentarios
 
El catastro no ha actualizado los datos
04/05/2012 17:55
Un amigo heredó una vivienda. Esta vivienda consta en el catastro con su superficie, referencia catastral y plano. Tambien pagaba el IBI.
Este amigo, procedió a ampliar la vivienda (con proyecto y licencia).
Al terminar la obra, hizo la declaración de obra nueva (con la nueva superficie) en el notario y la registró en el Registro de la Propiedad.
Despues, presentó los nuevos datos en el Catastro, acompañando copia de la escritura de obra nueva, y le sellaron la copia del impreso con los nuevos datos.
Han pasado 5 años y el Catastro no ha actualizado los nuevos datos y el IBI le sigue viniendo con los datos iniciales.
¿Le puede ocasionar eso algún problema en el futuro?.
04/05/2012 20:08
Tu amigo cumplió con su obligación de declarar la obra realizada y dispone de un documento que lo prueba, por tanto no creo que pueda tener más consecuencias que la revisión de los ejercicios no prescritos.

Saludos,
04/05/2012 22:11
Gracias por contestar, gestoría abalo.
¿Podrían ahora penalizarle?.
¿Podrían actualizar el IBI, con efecto retroactivo?.
En ese caso, ¿cuantos años atrás podrían reclamarle la diferencia de IBI?.
05/05/2012 12:36
Las deudas tributarias prescriben a los cuatro años desde la finalización del periodo voluntario de ingreso. Por tanto podrían reclamarle las cantidades no ingresadas de los ejercicios no prescritos junto con los intereses de demora. No podrían imponerle una sanción pues el error es de la Administración y no suyo.

Saludos,
05/05/2012 14:49
Entonces, si ya han pasado 5 años, desde la presentación de la documentación, sin que el Catastro haya hecho ninguna notificación, ¿se supone que ya ha prescrito?.
¿O siempre habrá que contar con los 4 años antes de la fecha actual?.
¿Porqué intereses de demora, si el problema no es del amigo, sino de la Administración?.
Tambien podrían sancionar a los funcionarios respnsables de que no se haya hecho la actualización, pese a presentarse los documentos.
07/05/2012 10:59
Cada ejercicio es independiente. Habrá prescrito el de hace cinco años pero no los más próximos.

Los intereses de demora se pagan siempre pues no son más que una actualización de lo debido. Los paga tanto la Administración cuando tiene que devolver cantidades como los ciudadanos. No se trata de una penalización como sería el caso de los intereses de mora.

Un saludo,
13/07/2012 10:53
Algo raro pasa en el foro.
En el listado general, aparece como última fecha de intervención el 11/07-2012, pero aquí el 07-05-2012 de gestoria abalo.
Tengo la duda de si han habido mas respuestas que no aparecen.