Buenas tardes, si en un contrato de alquiler pone que el propietario si se le deja de pagar dos meses, éste puede abrir la puerta y entrar a su casa a Pesar de que sigan los inquilinos allí. Mi pregunta es este Punto es legal? Se puede evitar?
Es una cláusula de legalidad muy dudosa. La verdad es que no sabría qué decirle, porque muchas veces me han preguntado cosas parecidas y nunca he podido encontrar una sentencia ni a favor ni en contra por lo que no tengo muy clara la respuesta.
Sin embargo, en su caso, me inclinaría por pensar que es ilegal, y ello por la sencilla razón de que aparentemente la única finalidad es que el casero pueda "molestar" a los inquilinos y eso desde luego si que es ilegal. Si no le pagan lo que tiene que hacer el casero es interponer la oportuna demanda de desahucio por falta de pago, pero no entrar a incordiar, porque eso es acoso y es un delito penado.
Además hay otra cuestión y es que los inquilinos están en su perfecto derecho de cambiar la cerradura con lo cual no se ve claro como va a hacer el casero para entrar ¿forzando la puerta? ¿No es eso un delito de allanamiento de morada?
Yo creo que esa cláusula es ilegal.
Pero lo que tendrian que haber hecho los inquilinos es no firmar un contrato con esas clausula.
Dice usted que que el casero quiere incordiar y yo le digo que lo que querrá es disponer de su casa como es normal. En todo caso los que incordian son los que firmaron un contrato con una clausula que no pensaban cumplir osea que mintieron, incordian por llevar dos meses sin pagar viviendo allí por la cara y vuelven a incordiar cuando pretenden continuar vihiendo allí incluso con el dueño dentro también.