Tengo una linea de descuento en varias entidades financieras, sobre mis clientes el banco me descuenta las letras, pagares, etc.. pero en estos tiempos de crisis, el banco ya no me descuenta nada y mi cliente cuando llega al vencimiento ya no paga ni siquiera despues de un año, por lo que ahora tengo mucho riesgo en el banco, y este me obliga a que hipoteque algunos bienes de mi propiedad, pues lo avale en mi empresa para conseguir linea de descuento. La pregunta es la siguiente: de que forma puedo cambiar la titularidad de mis bienes y propiedades que avale hace muchos años con objeto de que si el banco quiere embargarme no lleguen a tocar mi patrimonio personal ni de mi mujer?Realizar una compraventa con mis hijos al 7% es una ruina en estos tiempos que corren y una donacion aun peor?Existe alguna otra solucion. Gracias anticipadas
Lamento no poder darle las mismas esperanzas que le da mansy, ya que, en función de su situación de riesgo, si se ha iniciado o no un procedimiento de reclamación o si es previsible que vaya a iniciarse, debería de tomar bastantes precauciones, no vaya a ser peor el pan que las tortas.
Le digo esto porque puede Ud. incurrir en un delito de alzamiento de bienes del art. 257 del CP, que lleva aparejada una pena de prisión de 1 a 4 años y multa de 12 a 24 meses.
Desde luego no se de dónde saca Mansy su respuesto, porque ni las compraventas se tramitan en hacienda ni los impuestos son del 2% (ni por asomo)
En todo caso, como te dice jupumeper, podrías caer en un delito de alzamiento de bienes y, como poco, esa "compraventa" podría ser declaracada en fraude de acreedores y ser anulada.
Desgraciadamente, poco que hacer, salvo vender tus bienes y pagar las deudas.
Vamos haber, yo estoy previniendo, el banco me dice que nos tenemos que sentar haber como se resuelve esta historia, pero no estoy metido en ningun proceso juducial, lo que me pueda ocurrir me ocurrira pero esa no fue mi pregunta. La compraventa va al 7%. Hay otra formula?Gracias
No hace falta que esté Ud. inmerso en ningún procedimiento judicial, sirve incluso con la reclamación extrajudicial (negociación al margen del juzgado). Prevenir está muy bien pero, en ocasiones, no hay ya margen para prevenir, cual sería el caso.
Fórmulas para transmitir la propiedad de un bien hay bastantes, ese no es el problema. Lo importante es que sea cual sea la fórmula elegida, la propiedad no sea transmitida después de haber sido interpelado judicial o extrajudicialmente o sea más que previsible que el deudor va a ser interpelado. Esa es la cuestión.
En cuanto a la transmisión de la porpiedad, lo más barato es hacer una donación a cuenta de la legítima porque está exenta de impuestos pero si se hace en fraude de acreedores...volvemos a lo mismo.
Cantueso, una cosa más...lo de cantueso es por el licor? Hablamos de Elche, Vega Baja, Aspe?
Conozco la zona bastante bien.
Bueno, si fuera el caso, un saludo paisan@.