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El banco estafa a mi padre

10 Comentarios
 
24/08/2007 14:51
Pero es que un amigo mio que es asesor ha leido a conciencia el aval, y no habla de nada en concreto, ya le digo, no tiene ni la clausula de otorgación, o como se llame, no se nos menciona a los avalistas, salvo en un apartado ridículo, en nigún caso se nos aclara nada de nuestra condición de avalistas, pero hasta notarios amigos mios me han dicho que legalmente primero se ejecuta bien pendiente de escriturar.....estoy muerta de miedo, y enferma, espero que con la presión que el director me está metiendo no me pase nada....creo que lo voy a denunciar por amenazas, está llegando a un extremo bastante personal, y si no?.....Por qué no hace lo que tenga que hacer por escrito?.
24/08/2007 14:41
La oferta vinculante es la documentación del banco que recoge todos los términos del préstamo, del aval...
Es así, solamente podrán ejecutar la vivienda que está pendiente de escriturar (salvo que ejecuten el aval personal)
Lo que dice el banco es muy probable que sea cierto, es decir, que tenga la facultad de optar por ejercitar la garantía personal antes que la hipotecaria. Te recomiendo que leas detenidamente los términos del aval.
Si ejecutan el aval, podrán embargar tu patrimonio personal.
24/08/2007 14:30
No sé lo que es eso de la oferta vinculante respecto al aval, nosotros solo firmamos la escritura de aval, nada más.
Por otro lado, delante del abogado de mi padre, el estafador ha dado señales de saber información confidencial del banco ( lo que el director le ha dicho a este tipejo acerca de sus datos personales ), y ....aunque todo esto no se demuestre.....lo primero a embargar siempre será "el bien hipotecado", no?. Que en este caso es la vivienda pendiente de escriturar, es así?.
El director dle banco me amenaza con que cada entidad funciona como quiere, y que ellos, primero embargan los bienes a los avalistas. Eso es cierto o legalmente están obligados a embargar primero lo que hay hipotecado?.

Muchas gracias otra vez Rick.
24/08/2007 14:17
Habría que ver la Escritura del aval para poder pronunciarse, ya que puede ser un defecto puramente formal. Por otra parte, si se firmó la oferta vinculante del banco con respecto al aval, te tienen cogido.
No es extraño que algunos directores de banco se prevalezcan de la información privilegiada de que disponen para hacer "negocios particulares".
El problema de todo esto es la dificultad para probarlo ante un tribunal.
24/08/2007 14:06
Quería decir, y se me ha olvidado, que lo que se debe al banco es solo una vivienda, esta del permutante, las demás están escrituradas y todo cancelado.
Por eso....sería buena idea, ya que no va a ganar dinero....que tampoco lo perdiera consintiendo el embargo?....
Para mi que el director del banco ha hecho negocios con el permutante, por eso está tan nervioso y me llama personalmente ( aun estando de vacaciones ), yo creo que entre ellos dos ( director y permutante ) ya han hecho un "pase" y lo han vendido por su precio real, con lo que se sacaría cada uno cerca de 6 millones de pesetas limpios.....ya digo, algo me huele fatal en todo este asunto.
24/08/2007 13:58
Ya....pero quizá por eso, si embargan la vivienda porque mi padre no consiente en escriturarla y no paga los recibos del préstamo al banco ( la vivienda está tasada por el banco muy por encima de lo que se le debe a éste ), de esta forma mi padre no tendría que poner dinero, encima de todo, para que el estafador del permutante se saliera con la suya y obtenga una casa que yo tendría que pagar con el préstamo personal que el banco me pide que me haga.....
Por otro lado, lo que digo de la escritura es así?, pregunto que si una escritura sin la OTORGACION es legal? es Ejecutable?.

Muchas gracias Rick, te aseguro que no aguanto más esta presión.
24/08/2007 13:51
El tema está fastidiado. Como bien dices, en estos casos el Banco te tiene bien cogido, porque aunque la escritura del aval pudiera no tener validez, ya te embargarán algún inmueble.
Si bien pudiera haberse cancelado judicialmente la condición resolutoria, esto hubiera llevado un tiempo que el promotor no puede esperar.
Hay mucho pirata en el sector inmobiliario. Podría contarte decenas de casos de chantajes, amenazas de paralización de obras a cambio de una cantidad, ofertas para "agilizar" expedientes de dominio...
24/08/2007 13:50
Por cierto...el banco, en vez de hacer notificaciones por escrito se está dedicando a llamar por teléfono ( ya no respondemos ) y como no respondemos, a ir dejando "recaditos" en los comercios que hay cerca de casa, para decir que llamemos a un nº de teléfono que dejan.
Digo yo, por qué no lo hacen por escrito?
Es legal eso que nos están haciendo?
Yo estoy enferma, y os juro que me va a dar un infarto, no aguanto más la tensión.
24/08/2007 13:29
No, la condición resolutoria estaba cuando a mi padre le concedieron la financiación ( cogió la obra a medio y eso ya estaba firmado por parte de mi padre con el de la permuta ), pero le concedieron la financiación, con mi abuelo y conmigo como abalistas ( por cierto, la escritura de abalista es INVALIDA porque no tiene la....cómo se llama?....la parte del OTORGAMIENTO, es decir, que es como si la escritura estubiera mal en forma y no vale de nada, o eso me han dicho ).
Los pisos y locales que entraban en la permuta ya están escriturados, pero para que el permutante le firmara a mi padre esta claúsula resol, una vez terminada la promocion, le obligó a firmar este contrato que le digo, de otra vivienda fuera de la permuta , por un valor muy inferior al de mercado ( con las perdidas que le conllevan a mi padre, claro )....Y ya le digo, hasta el notario dijo que eso no era correcto, pero o firmaba, o se tragaba la promoción ( como le dijo el director del banco )....Además, el director no para de llamarme, amenazarme con el embargo, coaccionarme para que pida un personal y pagar 18.000€ que es la diferencia de lo que se debe al banco con los 43.000€ del susodicho, es decir, al banco se deben 62.000€, la escritura sería de 43 y con lo uqe quieren que yo de, los 18mil, estaría todo cancelado.....espero que me entienda, pues estoy en un sin vivir.
Muchas gracias otra vez
24/08/2007 13:04
No sé si estás planteando correctamente la cuestión. Entiendo - corrígeme si me equivoco - que tu padre tiene firmada una operación de cesión de solar por edificación futura en la que, en un principio, no solicitó financiación bancaria.
Lo normal en esas operaciones es que el que cede el solar garantice la entrega de los futuros inmuebles con una condición resolutoria.
Posteriormente, el promotor solicita financiación bancaria y, como es normal, el Banco quiere que se cancele la condición resolutoria o, en su caso, que se otorgue a la hipoteca carácter preferente sobre la condición resolutoria (que es practicamente lo mismo que cancelarla ya que no tendría efectividad ninguna), porque, de lo contrario, no podría ejecutar los bienes en caso de impago.
Por otra parte, el que cedió el suelo, para cancelar la condición resolutoria, querrá que se simule una venta del inmueble que tiene que entregarle el promotor y al mismo valor que se le dió al firmar la operación (independientemente del valor de mercado que tenga el inmueble en la actualidad).
Si la cuestión es como la he planteado, no sólo es legal sino que es la forma habitual de proceder en este tipo de operaciones.
El banco estafa a mi padre
24/08/2007 12:44
Buenos días,
Tengo una consulta que haceros.
Mi padre es promotor, y está terminando una promocion en la que tiene una CLAUSULA RESOLUTORIA con el propietario del solar, al que debe entregar unas viviendas y locales ( es permuta ). Terminado todo, el banco informa a mi padre de que no le van a escriturar las viviendas a no ser que se cancele la clausula resolutoria ( eso creo que no es legal, que si podrían haber escriturado ) y por otro lado, el de la permuta, para cancelar esa claúsula obliga, con la ayuda del director del banco, a mi padre a venderle una casa valorada en 100.000€ por tan solo 43.000€ al de la permuta.....Los dos le dicen que si no le firma ese contrato privado de los 43.000€ no le pueden escriturar la promoción porque no cancela la claúsula resolutoria.....eso aparte de que el director del banco me amenaza a mi ( llamadas personales a mi teléfono ) con ejecutar embargo a mi nómina ya que yo soy abalista.....creo que eso es un poco ilegal, vamos, que yo lo llamaría coacción, chanteje y amenazas.....Esto que nos estan haciendo es legal?.

Muchas gracias una vez mas.
Paqui.