Hola y gracias de antemano, estoy algo desperada porque mi arrendador me ha avisado desde hace 20 dias que quiere el piso y me presiona para dejarlo, y yo todavia no he encontrado otro, es legal lo que esta haciendo?
Para contestarle necesito la siguiente información:
1.- de que fecha es su contrato y si es un contrato escrito
2.- cual fue la duracion inicial pactada
3.- como se fijo la renta, ¿por meses, por años, ...?
Buenas tardes, tengo la misma duda que Carlanaval.
En concreto mi contrato de alquiler es de 2.011 (Abril), y se estipuóo por 1 año de duración, pero ni el propietario ni yo dijimos nada y seguimos así hasta ahora que me dice que en Mayo de 2017 quiere la casa. Me lo ha dicho la prima de la dueña pero no por escrito.
El caso es que la propietaria que vive en Alemania quiere volver a España ( yo no me lo creo porque el año pasado pasó igual, me dijo que venia y luego no lo hizo).
Mis pregunta son: ¿Pueden mandarme por escrito un mes antes de abril de 2017 y pedirme que me vaya o estoy dentro de la prorroga de los 3 años ya que han transcurrido mas de 5 años?
Otra: En el caso que se venga a España ¿puede alegar que la necesita para ella?
Efectivamente en este caso lleva razon Acritons. Al tratarse de un contrato anterior al 2013 para que el casero pueda reclamar la vivienda para ocuparla, hace falta que tal posibilidad esté prevista en el contrato inicial. ¿Podría decirnos si es el caso?
Si no hay cláusula (que será lo más normal) su contrato se renovó en el 2016 por otros 3 años más, de modo que Ud, podría permanecer en esa vivienda hasta el 2019.
Hola yo tengo igual un contrato de 2011 y seguimos renovando cada año aunque el casero usó la trampa de contrato de temporada 11 meses pero yo es mi residencia habitual y desde 2011 consta en el padrón,la policía,centros de salud etc...
Me gustaría saber si la ley me permite quedar hasta 2018?Me pueden explicar por favor como va esto?Si es 1 año después 3 y después otros 3 o cómo?No hay cláusula de que recupere la casa para sí o familiar en el contrato que vencerá el 30 de Enero.
Si las cuentas no me fallan Ud. se puede quedar hasta el 2019 por el siguiente motivo:
1.- su contrato es de enero del 2011 PERO firman 11 meses, por tanto el período inicial vence el 31 de diciembre del 2011.
2.- Como el 1 de enero de 2012 lleva 11 meses (que es menos de 5 años), la Ley le concede una prórroga de un año más.
3.- El 1 de enero del 2013 lleva 11 meses y un año (menos de 5 años), otro año más de prórroga.
4.- El 1 de enero del 2014 lleva 11 meses y 2 años (menos de 5 años), otro año más de prórroga.
5.- El 1 de enero del 2015 lleva 11 meses y 3 años (menos de 5 años), otro año más de prórroga.
6.- El 1 de enero del 2016 lleva 11 meses y 4 años (menos de 5 años), otro año más de prórroga.
7.- Por fin el 1 de enero del 2017 lleva 11 meses y 5 años por lo que se le acaban a Ud. las 5 prórrogas establecidas en el art. 9 LAU.
PERO: como el casero no le ha dicho nada, Ud. ya tiene derecho a la primera prórroga de las 3 que preve el art. 10 LAU, y por lo tanto Ud. puede quedarse en esa vivienda hasta el 31 de diciembre del 2019.