hola a todos, resulta que mi sobrino compro un piso en la tercera planta, pero el antiguo dueño no pago la instalacion del ascensor, ahora bien mi sobrino hizo una oferta de entregar parte del total y pagar al mes independientemente de del pago mensual de la escalera, pero le han dicho que no aceptaban lo solicitado, pero tampoco han dicho una oferta para solucionar, de lo que se desprende que quieren cobrar integro lo adeudado, pero mi esposa y yo que tenemos 66 y 67 años no podemos usar el ascensor porque tiene llave,mi pregunta es si a pesar de la voluntads de abonar y no aceptar pueden cortarnos el acceso al mismo, gracias un saludo
Denuncien los hechos en el Juzgado, porque, salvo que los Estatutos de la Comunidad dispongan lo contrario, en principio, ustedes sí tienen derecho a utilizar el ascensor.
Lo que sí deberán pagar son los gastos de comunidad correspondientes al año en curso y tres ejercicios anteriores.
Para determinar qué gastos les corresponde pagar del ascensor, necesitan examinar las actas a fin de averiguar el modo en que fue aprobado el acuerdo de instalación del ascensor y la forma de pago.
Tu sobrino tiene que tener el certificado de deuda cero con la comunidad, así que lo de la comunidad deben pedir el dinero al anterior propietario.
Está prohibidísimo poner llave en los ascensores; que envíe burófax a la comunidad dando 15 días para eliminar las llaves de ascensor so pena de denuncia y más que posible precinto del ascensor hasta que se resuelva.
mi sobrino es el propietario, luego de comprar el piso le informaron que el antiguo propietario fue el unico que no quiso abonar la instalacion del ascensor. El hablo con el administrador y propuso una forma de pago para que nosotros pudiesemos utilizarlo ya que tenemos 66 y 67 años y estamos en un tercer piso. Se organizo una reunion en la que no le invitaron a participar y alli llegaron al acuerdo de no aceptar esa forma de pago.
No entiendo que tiene que ver lo de pagar la comunidad del año actual y 3 anteriores, o lo del certificado de deuda cero, con lo planteado por pocho84, que es la no adhesión cuando se instaló el ascensor. Ahora tiene que pagar lo que correspondía con los intereses, pero no le aceptan fraccionar y diferir el pago.
Por cierto, creo que sería interesante conocer la ley que dice que está prohibidísimo poner llave en el ascensor.
OK, pero eso no es lo que preguntaba.
Pregunto si tu sobrino, cuando firmó la escritura de compra, ya era sabedor de ese problema con el ascensor. Supongo que antes de comprarlo iría a verlo y se daría cuenta de que no se podía subir al piso que compró, ¿o no se enteró?