Quiero abrir una pequeña empresa. La pregunta es: ¿Puede mi empresa a la legislación española para realizar los servicios (el agente para cobrar los pagos) para cobrar los pagos de la gente en favor de terceros empresas partido prestación de servicios a estas personas? Es decir, con la empresa que presta servicios a las personas en mi contrato de agencia. Puedo aceptar pagos de la gente y darle a la empresa. (no de reventa)