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Ejercicio de acciones contra socio-administrador en S.L

3 Comentarios
 
Ejercicio de acciones contra socio-administrador en s.l
12/09/2012 20:58
Mi consulta es relativa al siguiente supuesto de hecho: Una sociedad de responsabilidad limitada, en la que dos socios ostentan al 50% el capital social y son, al mismo tiempo, administradores solidarios de la misma. Uno de los socios está ocupando y utiliza para fines particulares una nave propiedad de la mercantil, sin abonar ningún tipo de renta, causando un evidente daño y perjuicio a la empresa. El otro socio-administrador quiere reclamar el desahucio y el abono de esas rentas. ¿qué tipo de acción podría ejercitar? ¿Tendría legitimación activa para ejercitar la acción individual de responsabilidad contra el socio-administrador? Gracias
13/09/2012 18:57
Hola Lucía,
La acción social de responsabilidad recae sobre los administradores que, EN EL EJERCICIO DE SU CARGO, cometan un daño sobre el patrimonio social.

Si la ocupa y utiliza con fines particulares, ajenos al ejercicio de sus funciones como administrador, la acción es efectivamente la de desahucio o reclamación de cantidad ante el impago de las rentas, pero entiendo que por vía estrictamente civil.
Demandante: S.L. Demandado: persona física que actúa en su propio nombre.

13/09/2012 19:03
Hola
Habría que ver en que consisten esos "fines particulares", y si efectivamente está perjudicando a la sociedad. Puede requerirle primero para que abandone o abone la renta en caso de pactar un arrendamiento. La acción individual de responsabilidad es más compleja que para el caso que usted indica.
si necesita ayuda, consejo o cualquier escrito puede contar con nosotros.
www.asesorlegalgratis.com
13/09/2012 20:02
El asunto es aún más complejo porque en vía civil se podría plantear una falta de legitimación del socio demandante toda vez que la sociedad pertenece a ambos socios en igual proporción. Yo optaría por un acto de conciliación(se arriesga menos) y con ello podemos ver cómo respira el socio demandado y si alega la excepción indicada en ese acto de conciliación.