Hola lorenabg89. En primer lugar indicarle que en Derecho Administrativo los plazos se computan de fecha a fecha. Por lo tanto para las ayudas del primer año debe contar un año natural desde la fecha que conste en el contrato. Y para la prórroga será el mes siguiente a aquel en el que finalizaba el contrato(finalización del año natural pactado en su contrato).
Le aconsejo que presente la solicitud. Si la misma le es denegada, en la propia resolución de denegación le indicarán los pasos a seguir para recurrir tal resolución en vía administrativa(no necesitará contratar los servicios de un/a abogado/a).
Hola fausto. Tiene usted razón en cuanto a la edad máxima para ser beneficiario de la Renta Básica de Enmacipación que concede el Estado, que son 30 años y no 35 como, por error, manifesté en mi post anterior.
Me temo que no Fausto, Jan tiene razon, las mias son ayudas para menores de 35 años, otorgadas por la conselleria de vivienda de la CValenciana. Son anteriores a la RBE.
Jan, disculpe. Si se refiere a la renta básica de emancipacion o ayuda al alquller, los requisitos son (entre otros)tener entre 24 y 30 años, y te conceden 210 euros por un máximo de 4 años. Creo que es así.
Las mias son las segundas, pero resulta que me dicen que me he pasado de plazo para solicitar la cuantia restante de la ayuda del primer año, porque dice:"se justificara en los 15 dias siguientes a la finalizacion del año natural del contrato de arrendamiento". Yo entiendo que tengo hasta el 15 enero del año que viene, por telefono me dicen que no.
Y... para pedir la prorroga del segundo año dice:"se solicitara dentro del mes siguiente a la finallizacion del primer año para el que se concedió la subvencion", yo entiendo que como finalizó el 11 de agosto tengo hasta el 30 de septiembre y ellos dicen que hasta el 10.
En fin, peleare porque no estoy de acuerdo con sus expresiones en el texto de los requisitos. Y aun asi.... ¿no serían abusivos esos plazos? ¿hay alguna ley que los declare nulos?siendo una ayuda que se concedió en su momento y que van a ser demostradas(con UNOS dias de retraso); sin procedimiento de apremio ni nada similar y con atenuantes como son la falta de atencion al publico en las tardes de verano y la existencia de un trabajo por horas(ETT) que me impidio acudir y con la propietaria de viaje por enfermedad, me pareceria inhumano que me nieguen unas ayudas que necesito y merezco por un plazo asi, cuando para la primera solicitud tuve cuatro meses para acreditarla.
Un saludo
Hola lorenabg89. No aclara en su consulta si usted accedió a la Renta Básica de Emancipación del Estado(para menores de 35 años) o la la Renta Básica de Emancipación que ofrecen todas las Comunidades Autónomas(para mayores de 30 años y menores de 35).
La primera tiene una duración máxima de 24 meses y, una vez agotada, no se puede volver a solicitar hasta pasados 5 años.
En cuanto a las segundas le aconsejo que acuda a la Consejería de Vivienda de su Comunidad Autónoma para que le faciliten la información sobre requsitos y documentación necedsarios para prorrogar la ayuda.
Desconozco el tema de las ayudas, lo siento.
Pero lo otro SÍ es como te digo. El contrato se renueva automáticamente (hasta un mínimo de 5 años) si el arrendatario no se opone preavisando fehacientemente al arrendador como mínimo 30 días antes de cada cumpleaños del contrato. En ese caso sí se firmaría un documento de "fin de contrato y devolución de llaves"
Y como demuestras ante la administracion que sigues prorrogado? Es decir, quiero pedir las ayudas de segundo año, y esta claro que se ha renovado por un año porque sigo aqui, pero la administracion no pide una firma de la propietaria de esa prorroga? como saben ellos que no entregué la carta un mes antes y me fuí, y aun asi pido la pasta?
No hace falta ningún modelo porque no hay que hacer nada. No haciendo nada, el contrato se prorroga él solito.
Si tú tienes un contrato de fecha 1-agosto-2007, estás en la segunda prórroga.
Cuando habría que hacer un documento es cuando finalice el contrato.
Me gustaría que alguien me facilitase un modelo a seguir para redactar una primera prórroga de un contrato de alquiler, que se hizo por un año, y las sucesivas.
Muchas gracias.