1.- Presentar escrito junto con los documentos pertinentes indicando la cantidad a indemnizar.
2.- Hay que esperar a que transcurra el plazo concedido de ocho meses.
En un procedimiento ordinario he conseguido que se condene a una promotora a realizar una serie de obras, además de indemnizar por la pérdida de valor de unas fincas.
En cuanto a las obligaciones de hacer, el Juez de un plazo de ocho meses. El cálculo de la indemnización por el menor valor que uno de los incumplimientos genera en la finca, dice se determine en ejecución de sentencia. Es un Turno de Oficio. Han pasado tres meses y no sé bien qué es lo que debo hacer.
1.- ¿Vía ejecución se sentencia, pido una pericial que calcule el minusvalor de las fincas que debe ser indemnizado?
2.- En esa misma ejecución de sentencia, aunque no haya pasado el plazo, ¿solicito el cumplimiento de las obligaciones de hacer o tengo que esperar a que pase el plazo?