Tengo una sentencia firme que condena al demandado, en rebeldía a eleva a publico un contrato privado de compraventa. Al solicitar la ejecuación ¿pido que firme el juez? El secretario? Busco yo el Notario?? Estoy muy perdida...
Quizá puedas intentarlo por la vía del 708 LEC., eso es inscribible directamente. Pero habría que ver la demanda y la sentencia. Si no es posible, sería el juez quien firmara la escritura en la notaría que designes. (Era habitual que fuera el notario al juzgado para la firma)
Gracias ABQ. Llevé testimonio de la sentencia al registro y me han dicho que no me lo inscriben. En el fallo "...se declara el derecho de la parte demandante a elevar a escritura publica el contrato de compraventa... y se condena a estar y pasar por estas declaraciones a la parte demandada" ¿quine lleva al Notario????